Decreto 1072 de 2015: Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo
El Decreto 1072 de 2015 es el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Aquí tienes su texto vigente, artículo por artículo, con las modificaciones que ha tenido.
- Decreto 1072 de 2015
- 1.657 artículos
- Vigente
Ningún artículo coincide con el filtro.
Toca un título para ver sus artículos, o escribe arriba el número que buscas.
Parte 1. Sector central
14
Título 1. Cabeza del sector
Título 2. Órganos sectoriales de asesoría y coordinación
- Artículo 1.1.2.1Comisión permanente de concertación de políticas salariales y laborales
- Artículo 1.1.2.2Comisión intersectorial del régimen de prima media con prestación definida del sistema general de pensiones
- Artículo 1.1.2.3Comisión intersectorial para la gestión del recurso humanosin texto vigente
- Artículo 1.1.2.4Comisión intersectorial del sector de la economía solidaria
- Artículo 1.1.2.5Comisión intersectorial para promover la formalización del trabajo decente en el sector públicosin texto vigente
- Artículo 1.1.2.6Consejo nacional de riesgos laborales
- Artículo 1.1.2.7Consejo nacional de mitigación del desempleo
- Artículo 1.1.2.8Comisión de la calidad de la formación para el trabajo (ccaft)
- Artículo 1.1.2.9Consejo nacional de economía solidaria
- Artículo 1.1.2.10Consejo superior del subsidio familiar
- Artículo 1.1.2.11Comité interinstitucional para la erradicación del trabajo infantil y la protección del menor trabajador
- Artículo 1.1.2.12Consejo para la inclusión de la discapacidad
Título 3. Fondos especiales
Parte 2. Sector descentralizado
10
Título 1. Entidades adscritas
- Artículo 1.2.1.1Servicio nacional de aprendizaje (sena)
- Artículo 1.2.1.2Unidad administrativa especial de organizaciones solidarias
- Artículo 1.2.1.3Unidad administrativa especial del servicio púbico de empleo
- Artículo 1.2.1.4Superintendencia del subsidio familiar
- Artículo 1.2.1.5Juntas regionales y nacional de calificación de invalidez
Título 2. Entidades vinculadas
Título 3. Organismos de articulación sectorial
- Artículo 1.2.3.1De la conformación de la red de comités de seguridad y salud en el trabajo
- Artículo 1.2.3.2Red nacional de formalización laboral
- Artículo 1.2.3.3Red nacional de observatorios regionales del mercado de trabajo - red ormet
Título 4. Fondos especiales
Parte 1. Disposiciones generales
22
Título 1. Objeto y ámbito de aplicación
Título 2. Política pública de trabajo digno y decente
Capítulo 1. Disposiciones generales
- Artículo 2.1.2.1.1Objeto de la política pública de trabajo digno y decente
- Artículo 2.1.2.1.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.1.2.1.3Objetivos específicos
- Artículo 2.1.2.1.4Definiciones y referentes conceptuales de la política pública de trabajo digno y decente
- Artículo 2.1.2.1.5Enfoques
Capítulo 2. Dimensiones estratégicas de la política pública de trabajo digno y decente
- Artículo 2.1.2.2.1Dimensiones
- Artículo 2.1.2.2.2Promoción de empleo e ingresos dignos
- Artículo 2.1.2.2.3Extensión de la protección social
- Artículo 2.1.2.2.4Garantía de los derechos fundamentales del trabajo
- Artículo 2.1.2.2.5Ejercicio del diálogo social y tripartismo
- Artículo 2.1.2.2.6Coordinación nacional y territorial con atención diferencial a trabajadores y trabajadoras en los territorios y sectores productivos
Capítulo 3. Proceso de implementación, coordinación, promoción y evaluación
- Artículo 2.1.2.3.1Actores involucrados
- Artículo 2.1.2.3.2Inclusión e implementación de la política de trabajo decente en planes de desarrollo y demás instrumentos de política y planeación territorial
- Artículo 2.1.2.3.3Coordinación de la política pública de trabajo digno y decente con atención diferencial
- Artículo 2.1.2.3.4Coordinación de la política pública de trabajo digno y decente con atención diferencial en territorio
- Artículo 2.1.2.3.5Promoción de la política nacional de trabajo digno y decente
- Artículo 2.1.2.3.6Seguimiento de la política pública de trabajo digno y decente
- Artículo 2.1.2.3.7Evaluación de la política pública de trabajo digno y decente
- Artículo 2.1.2.3.8Financiación
Parte 2. Reglamentaciones
1.609
Título 1. Relaciones laborales individuales
Capítulo 1. Disposiciones generales sobre el contrato individual de trabajo
- Artículo 2.2.1.1.1Renovación automática contratos mayores a 30 días
- Artículo 2.2.1.1.2Contratos iguales o inferiores a 30 días
- Artículo 2.2.1.1.3Procedimiento terminación unilateral por rendimiento deficiente
- Artículo 2.2.1.1.4Terminación del contrato por reconocimiento de pensión
- Artículo 2.2.1.1.5Terminación del contrato por incapacidad de origen común superior a 180 días
- Artículo 2.2.1.1.6Cierre de empresa
- Artículo 2.2.1.1.7Sanción disciplinaria al trabajador
- Artículo 2.2.1.1.8Firma electrónica del contrato de trabajo
- Artículo 2.2.1.1.9Requisitos del contrato de trabajo firmado electrónicamente
- Artículo 2.2.1.1.10Firmas
- Artículo 2.2.1.1.11Provisión de medios necesarios para el uso de la firma electrónica
- Artículo 2.2.1.1.12Conservación y acceso al contrato de trabajo suscrito de firma electrónica
- Artículo 2.2.1.1.13Reglas para el uso de la firma electrónica
- Artículo 2.2.1.1.14Tratamiento de datos personales
- Artículo 2.2.1.1.15Inspección, vigilancia y control
Capítulo 2. Jornada de trabajo, descanso obligatorio, vacaciones y recreación
Sección 1. Jornada y trabajo suplementario
- Artículo 2.2.1.2.1.1Autorización para desarrollar trabajo suplementario
- Artículo 2.2.1.2.1.2Registro del trabajo suplementario
- Artículo 2.2.1.2.1.3Excepciones en casos especiales
- Artículo 2.2.1.2.1.4Actividades ininterrumpidas
Sección 2. Vacaciones
- Artículo 2.2.1.2.2.1Indicación fecha para tomar las vacaciones 1
- Artículo 2.2.1.2.2.2Acumulación
- Artículo 2.2.1.2.2.3Prohibición acumulación para menores de edad
Sección 3. Actividades recreativas, culturales o de capacitación dentro de la jornada de trabajo
- Artículo 2.2.1.2.3.1Acumulación de horas para actividades recreativas, culturales o de capacitación
- Artículo 2.2.1.2.3.2Programas recreativos, culturales o de capacitación
- Artículo 2.2.1.2.3.3Obligación de asistir
- Artículo 2.2.1.2.3.4Ejecución de los programas
Capítulo 3. Cesantías
- Artículo 2.2.1.3.1Base de liquidación cesantías
- Artículo 2.2.1.3.2Cesantías parciales
- Artículo 2.2.1.3.3Destinación de las cesantías parciales
- Artículo 2.2.1.3.4Intereses de cesantías
- Artículo 2.2.1.3.5Liquidación y pago de intereses de cesantías
- Artículo 2.2.1.3.6Pago de los intereses en caso de muerte del trabajador
- Artículo 2.2.1.3.7Saldos básicos para el cálculo de intereses
- Artículo 2.2.1.3.8Indemnización por no pago de los intereses
- Artículo 2.2.1.3.9Información al trabador respecto a las cesantías
- Artículo 2.2.1.3.10Sanciones por incumplimiento
- Artículo 2.2.1.3.11Acogida voluntaria régimen especial de cesantías
- Artículo 2.2.1.3.12Liquidación en caso de acogida al régimen especial de cesantía
- Artículo 2.2.1.3.13Consignación cesantías y pago intereses de cesantías
- Artículo 2.2.1.3.14Irrevocabilidad acogida a régimen de cesantías
- Artículo 2.2.1.3.15Retiro de cesantías por terminación del contrato de trabajo
- Artículo 2.2.1.3.16Entrega de cesantías por muerte del trabajador
- Artículo 2.2.1.3.17Retiro en caso de sustitución de empleadores
- Artículo 2.2.1.3.18Retiro en caso de prestar servicio militar
- Artículo 2.2.1.3.19Retiro parcial para estudio
- Artículo 2.2.1.3.20Incumplimiento del término para el pago de las cesantías
- Artículo 2.2.1.3.21Retiro parcial para ahorro programado o seguro educativo
- Artículo 2.2.1.3.22Requisitos para retiro parcial para ahorro programado o seguro educativo
- Artículo 2.2.1.3.23Retiro parcial de cesantías en el fondo nacional del ahorro para ahorro programado o seguro educativo
- Artículo 2.2.1.3.24Retiro para acciones
- Artículo 2.2.1.3.25Término de traslado
- Artículo 2.2.1.3.26Virtualización de trámites
Capítulo 4. Calzado y overoles para trabajadores
- Artículo 2.2.1.4.1Calzado y vestido de labor
- Artículo 2.2.1.4.2Favorabilidad respecto a la dotación de calzado y vestido
- Artículo 2.2.1.4.3Prohibición de exigencia simultánea
- Artículo 2.2.1.4.4Eximente para proporcionar elementos por no uso de los mismos
Capítulo 5. Teletrabajo
- Artículo 2.2.1.5.1Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.1.5.2Teletrabajo y teletrabajador
- Artículo 2.2.1.5.3Contrato o vinculación de teletrabajo
- Artículo 2.2.1.5.4Igualdad de trato
- Artículo 2.2.1.5.5Eliminación de adición al reglamento interno de trabajo y modificación al manual de funciones y competencias laborales
- Artículo 2.2.1.5.6Manuales de funciones de las entidades públicas
- Artículo 2.2.1.5.7Aportes al sistema de seguridad social integral
- Artículo 2.2.1.5.8Obligaciones de las partes en el desarrollo del teletrabajo
- Artículo 2.2.1.5.9Obligaciones de las administradoras de riesgos laborales, (arl)
- Artículo 2.2.1.5.10Auxilio de transporte, horas extras, dominicales y festivos para los teletrabajadores
- Artículo 2.2.1.5.11Evaluación del teletrabajador
- Artículo 2.2.1.5.12Red nacional de fomento al teletrabajo
- Artículo 2.2.1.5.13Acciones del ministerio de tecnologías de la información y las comunicaciones
- Artículo 2.2.1.5.14Tecnologías de la información y las comunicaciones para el teletrabajo
- Artículo 2.2.1.5.15Eliminación de barreras para la puesta en marcha del teletrabajo
- Artículo 2.2.1.5.16Reversibilidad del teletrabajo
- Artículo 2.2.1.5.17Flexibilidad del teletrabajo
- Artículo 2.2.1.5.18Política interna de teletrabajo
- Artículo 2.2.1.5.19Equipos y herramientas de trabajo
- Artículo 2.2.1.5.20Auxilio compensatorio de costos de servicios públicos y acuerdo sobre exoneración de pago de servicios públicos al empleador o entidad pública
- Artículo 2.2.1.5.21Compensación por el uso de herramientas de trabajo de propiedad del teletrabajador
- Artículo 2.2.1.5.22Desarrollo del teletrabajo suplementario a través de modelos híbridos de trabajo
- Artículo 2.2.1.5.23Registro de teletrabajadoras
- Artículo 2.2.1.5.24Estrategias para el fomento y adopción del teletrabajo
- Artículo 2.2.1.5.25Celebración del día internacional del teletrabajo
Capítulo 6. Normas laborales especiales relacionadas con determinados trabajadores
Sección 1. Conductores del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos taxi
- Artículo 2.2.1.6.1.1Objeto
- Artículo 2.2.1.6.1.2Seguridad social para conductores
- Artículo 2.2.1.6.1.3Normativa aplicable y riesgo ocupacional
- Artículo 2.2.1.6.1.4Requisitos
- Artículo 2.2.1.6.1.5Pila
- Artículo 2.2.1.6.1.6Inspección, vigilancia y control
Sección 2. Mano de obra local a proyectos de exploración y producción de hidrocarburos
- Artículo 2.2.1.6.2.1Objeto
- Artículo 2.2.1.6.2.2Alcance
- Artículo 2.2.1.6.2.3Definiciones
- Artículo 2.2.1.6.2.4Priorización en la contratación de mano de obra local
- Artículo 2.2.1.6.2.5Proceso de priorización de mano de obra local
- Artículo 2.2.1.6.2.6Procesos a cargo de los prestadores
- Artículo 2.2.1.6.2.7Obligaciones de empleadores
- Artículo 2.2.1.6.2.8Seguimiento, vigilancia y control
- Artículo 2.2.1.6.2.9Reportes
Sección 3. Normas laborales relacionadas con determinados trabajadores empleados a bordo de buques de bandera colombiana en servicio internacional
- Artículo 2.2.1.6.3.1Campo de aplicación
- Artículo 2.2.1.6.3.2Contrato de enrolamiento
- Artículo 2.2.1.6.3.3Competencia jurisdiccional
- Artículo 2.2.1.6.3.4Licencia de navegación
- Artículo 2.2.1.6.3.5Modalidades del contrato
- Artículo 2.2.1.6.3.6Contenido del contrato
- Artículo 2.2.1.6.3.7Terminación del contrato de duración indeterminada
- Artículo 2.2.1.6.3.8Duración del contrato
- Artículo 2.2.1.6.3.9Causales de terminación del contrato independientemente de su duración
- Artículo 2.2.1.6.3.10Terminación del contrato con justa causa por parte del empleador
- Artículo 2.2.1.6.3.11Terminación del contrato con justa causa por parte de la gente de mar
- Artículo 2.2.1.6.3.12Certificación de servicios prestados
- Artículo 2.2.1.6.3.13Abandono del empleo por obtención de uno de mayor categoría
- Artículo 2.2.1.6.3.14Inspección, vigilancia y control
Sección 4. Trabajadores dependientes que laboran por períodos inferiores a un mes
- Artículo 2.2.1.6.4.1Objeto
- Artículo 2.2.1.6.4.2Campo de aplicación
- Artículo 2.2.1.6.4.3Afiliación a los sistemas de pensiones, riesgos laborales y subsidio familiar
- Artículo 2.2.1.6.4.4Selección y afiliación
- Artículo 2.2.1.6.4.5Base de cotización mínima semanal a los sistemas de seguridad social para los trabajadores dependientes que laboran por períodos inferiores a un mes
- Artículo 2.2.1.6.4.6Monto de las cotizaciones al sistema general de pensiones, subsidio familiar y riesgos laborales
- Artículo 2.2.1.6.4.7Porcentaje de cotización
- Artículo 2.2.1.6.4.8Tablas
- Artículo 2.2.1.6.4.9Contabilización de las semanas en el sistema general de pensiones
- Artículo 2.2.1.6.4.10Mecanismos de recaudo
- Artículo 2.2.1.6.4.11Oportunidad para el pago de las cotizaciones
- Artículo 2.2.1.6.4.12Multiplicidad de empleadores
- Artículo 2.2.1.6.4.13Prohibición de multiafiliación
- Artículo 2.2.1.6.4.14Control a la evasión y la elusión
- Artículo 2.2.1.6.4.15Beneficios y servicios
- Artículo 2.2.1.6.4.16Mínimo de derechos y garantías de los trabajadores a que hace referencia la presente sección
- Artículo 2.2.1.6.4.17Medidas especiales
- Artículo 2.2.1.6.4.18Traslado voluntario de las sumas cotizadas al sistema general de pensiones al mecanismo beps
- Artículo 2.2.1.6.4.19Verificación de semanas cotizadas por parte del empleado y el empleador
Sección 5. Vinculación laboral de las madres comunitarias con las entidades administradoras del programa de hogares comunitarios de bienestar
- Artículo 2.2.1.6.5.1Objeto y campo de aplicación
- Artículo 2.2.1.6.5.2Modalidad de vinculación
- Artículo 2.2.1.6.5.3Calidad de las madres comunitarias
- Artículo 2.2.1.6.5.4Empleadores
- Artículo 2.2.1.6.5.5Garantía y control sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y de protección social por parte de los empleadores
- Artículo 2.2.1.6.5.6Coordinación en actividades de promoción y prevención
- Artículo 2.2.1.6.5.7Calidad del servicio
- Artículo 2.2.1.6.5.8Apoyo al proceso de formalización
Sección 6. Trabajo remoto
- Artículo 2.2.1.6.6.1Objeto
- Artículo 2.2.1.6.6.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.1.6.6.3Contenido del contrato de trabajo remoto
- Artículo 2.2.1.6.6.4Obligaciones del empleador
- Artículo 2.2.1.6.6.5Obligaciones del trabajador remoto
- Artículo 2.2.1.6.6.6Obligaciones de las administradoras de riesgos laborales
- Artículo 2.2.1.6.6.7Cuidadores
- Artículo 2.2.1.6.6.8Procedimiento previo para la implementación del trabajo remoto
- Artículo 2.2.1.6.6.9Auxilio compensatorio de costos de servicios públicos
- Artículo 2.2.1.6.6.10Compensación por el uso de herramientas de trabajo de propiedad del trabajador remoto
- Artículo 2.2.1.6.6.11Implementación de horarios flexibles
- Artículo 2.2.1.6.6.11Política pública del trabajo remoto
- Artículo 2.2.1.6.6.12Inspección, vigilancia y control
Sección 7. Trabajo en casa
- Artículo 2.2.1.6.7.1Objeto
- Artículo 2.2.1.6.7.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.1.6.7.3Circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales
- Artículo 2.2.1.6.7.4Solicitud para la habilitación del trabajo en casa
- Artículo 2.2.1.6.7.5Procedimiento para la habilitación de trabajo en casa
- Artículo 2.2.1.6.7.6Escrito para la habilitación del trabajo en casa
- Artículo 2.2.1.6.7.7Obligaciones del empleador en lo referente al trabajo en casa
- Artículo 2.2.1.6.7.8Obligaciones del trabajador en casa en lo referente al trabajo en casa
- Artículo 2.2.1.6.7.9Obligaciones de las administradoras de riesgos laborales en el trabajo en casa
- Artículo 2.2.1.6.6.10Compensación por el uso de herramientas de trabajo de propiedad del trabajador
- Artículo 2.2.1.6.7.11Alternancia
- Artículo 2.2.1.6.7.12Trabajo en casa en el exterior
- Artículo 2.2.1.6.7.13Terminación de la habilitación de trabajo en casa
- Artículo 2.2.1.6.7.14Programas de bienestar
Sección 8. Trabajadoras y trabajadores de las artes y la cultura
Subsección 1. Disposiciones generales del contrato de todos los trabajadores de las artes y la cultura
- Artículo 2.2.1.6.8.1.1Objeto
- Artículo 2.2.1.6.8.1.2Relaciones que regula
- Artículo 2.2.1.6.8.1.3Contrato de trabajadores de las artes y la cultura
- Artículo 2.2.1.6.8.1.4Definiciones
- Artículo 2.2.1.6.8.1.5Reconocimiento del ecosistema de las artes y las culturas
- Artículo 2.2.1.6.8.1.6Salario y remuneración
- Artículo 2.2.1.6.8.1.7Plazos de pagos
- Artículo 2.2.1.6.8.1.8Jornada laboral
- Artículo 2.2.1.6.8.1.9Registro del tiempo de trabajo suplementario
- Artículo 2.2.1.6.8.1.10Dotaciones de herramientas de trabajo
- Artículo 2.2.1.6.8.1.11Derechos de autor y conexos dentro del contrato laboral de las artes y la cultura
- Artículo 2.2.1.6.8.1.12Cláusulas sobre propia imagen, voz y cuerpo de las trabajadoras y trabajadores de las artes y la cultura
- Artículo 2.2.1.6.8.1.13Uso de inteligencia artificial en el trabajo artístico y cultural
- Artículo 2.2.1.6.8.1.14Medidas de seguridad en sets, locaciones y espacios de trabajo artístico y cultural
Subsección 2. Medidas especiales de protección en seguridad social integral de todos los trabajadores de las artes y la cultura
- Artículo 2.2.1.6.8.2.15La afiliación y cotización al Sistema General de Seguridad Social en Salud de las personas…
- Artículo 2.2.1.6.8.2.16Afiliación y cotización al sistema general en pensiones y subsidio familiar
- Artículo 2.2.1.6.8.2.17Afiliación y cotización en el sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.1.6.8.2.18Oportunidad en la afiliación y trazabilidad de la cobertura en el sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.1.6.8.2.19Afiliación al sistema general de riesgos laborales cuando existen varios contratos
- Artículo 2.2.1.6.8.2.20Obligaciones de gestión preventiva de la empresa o empleador, en actividades artísticas y culturales en el sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.1.6.8.2.21Deberes de corresponsabilidad de las personas trabajadoras de las artes y la cultura en materia de seguridad y salud en el trabajo en actividades artísticas y culturales
- Artículo 2.2.1.6.8.2.22Acompañamiento técnico de las administradoras de riesgos laborales en el sector artístico y cultural
- Artículo 2.2.1.6.8.2.23Evaluaciones médicas ocupacionales
Subsección 3. Programa de formalización e incentivo económico en riesgos laborales para todos los trabajadores de las artes y la cultura
- Artículo 2.2.1.6.8.3.24Programa de formalización e incentivo económico en riesgos laborales
- Artículo 2.2.1.6.8.3.25Incentivo económico a la cotización en riesgos laborales
- Artículo 2.2.1.6.8.3.26Población objeto y criterios de priorización
- Artículo 2.2.1.6.8.3.27Reglamentación operativa del programa
- Artículo 2.2.1.6.8.3.28Financiación y sostenibilidad
- Artículo 2.2.1.6.8.3.29Seguimiento y evaluación del programa
Subsección 4. Fortalecimiento sectorial de todos los trabajadores de las artes y la cultura
Subsección 5. Medidas de seguimiento y control
- Artículo 2.2.1.6.8.5.31Inspección, vigilancia y control
- Artículo 2.2.1.6.8.5.32Normas complementarias
- Artículo 2.2.1.6.8.5.33Mecanismos de seguimiento y participación
Sección 8. Lineamientos de política para el programa de empleo nocturno (pen)
- Artículo 2.2.1.6.8.1Objeto
- Artículo 2.2.1.6.8.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.1.6.8.3Programa de empleo nocturno (pen)
- Artículo 2.2.1.6.8.4Objetivos
- Artículo 2.2.1.6.8.5Articulación nación-territorio
- Artículo 2.2.1.6.8.6Alcance y límites de los lineamientos nacionales
- Artículo 2.2.1.6.8.7Implementación territorial
- Artículo 2.2.1.6.8.8Definición y criterios de operación nocturna
- Artículo 2.2.1.6.8.9Diagnóstico, línea base y criterios de priorización
- Artículo 2.2.1.6.8.10Estructura por ejes
- Artículo 2.2.1.6.8.11Eje de formalización del empleo nocturno
- Artículo 2.2.1.6.8.12Acreditación de nuevas vinculaciones y formalizaciones en el marco del pen
- Artículo 2.2.1.6.8.13Eje de formación y certificación de ocupaciones y cualificaciones nocturnas
- Artículo 2.2.1.6.8.14Lineamientos de seguridad y salud en el trabajo para la franja nocturna
- Artículo 2.2.1.6.8.15Eje de gestión y colocación de vacantes nocturnas
- Artículo 2.2.1.6.8.16Criterios orientadores para la identificación de operación nocturna
- Artículo 2.2.1.6.8.17Declaración responsable y registro administrativo
- Artículo 2.2.1.6.8.19Lineamientos de movilidad segura y cuidado en horarios nocturnos
- Artículo 2.2.1.6.8.20Implementación territorial
- Artículo 2.2.1.6.8.21Instancia territorial de coordinación del empleo nocturno
- Artículo 2.2.1.6.8.22Acompañamiento nacional
- Artículo 2.2.1.6.8.23Programas piloto
- Artículo 2.2.1.6.8.24Inspección, vigilancia y control en franja nocturna
- Artículo 2.2.1.6.8.25Sistema de información del programa de empleo nocturno
- Artículo 2.2.1.6.8.26Indicadores nacionales y locales
- Artículo 2.2.1.6.8.27Evaluación de pilotos y expansión progresiva
- Artículo 2.2.1.6.8.28Sello empleo nocturno
- Artículo 2.2.1.6.8.29Instrumentos técnicos y plazos
- Artículo 2.2.1.6.8.30Publicidad
Sección 8. Contratación de mano de obra local en inversiones y programas a ejecutarse en las regiones
- Artículo 2.2.1.6.8.1Objeto
- Artículo 2.2.1.6.8.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.1.6.8.3Definiciones
- Artículo 2.2.1.6.8.4Porcentaje de contratación de mano de obra local
- Artículo 2.2.1.6.8.5Proceso de priorización de mano de obra local
- Artículo 2.2.1.6.8.6Procesos a cargo de los prestadores del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.1.6.8.7Actividades a cargo de empleadores, contratantes u operadores responsables de las inversiones o programas
- Artículo 2.2.1.6.8.8Seguimiento y reportes de contratación de mano de obra local
- Artículo 2.2.1.6.8.9Reportes del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.1.6.8.10Promoción de la mano de obra local
- Artículo 2.2.1.6.8.11Coordinación lnterinstitucional
- Artículo 2.2.1.6.8.12Prioridad territorial en la contratación para programas de emergencias, reforestación y forestación
- Artículo 2.2.1.6.8.13Teletrabajo temporal o emergente y continuidad de la vinculación local
Sección 9. Trabajadores digitales de reparto en modalidad autónoma e independiente
- Artículo 2.2.1.6.9.1Objeto
- Artículo 2.2.1.6.9.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.1.6.9.3Definiciones
- Artículo 2.2.1.6.9.4Afiliación al sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.1.6.9.5Reglas de liquidación y pago de aportes concurrentes según rangos de ingreso mensual
- Artículo 2.2.1.6.9.6Programa de formalización e incentivo económico en riesgos laborales para trabajadores digitales de reparto
- Artículo 2.2.1.6.9.7Incentivo económico a la cotización en riesgos laborales
- Artículo 2.2.1.6.9.8Población objeto y criterios de priorización
- Artículo 2.2.1.6.9.9Financiación y sostenibilidad
- Artículo 2.2.1.6.9.10Seguimiento y evaluación del programa
- Artículo 2.2.1.6.9.11Concurrencia de aportes cuando exista prestación de servicios en múltiples plataformas
- Artículo 2.2.1.6.9.12Periodos de inactividad
- Artículo 2.2.1.6.9.13Reporte de accidentes de trabajo
- Artículo 2.2.1.6.9.14Obligaciones del gobierno nacional y las entidades del sistema general de seguridad social
- Artículo 2.2.1.6.9.15Obligaciones de las empresas de plataformas digitales de reparto
- Artículo 2.2.1.6.9.16Obligaciones de los trabajadores digitales en modalidad de independencia
- Artículo 2.2.1.6.9.17Instancia de diálogo tripartita para el presente decreto y las normas que lo complementen, modifiquen, deroguen o reemplacen
- Artículo 2.2.1.6.9.18Deber de suministro de información por parte de las entidades del sistema de seguridad social
- Artículo 2.2.1.6.9.19Interoperabilidad
- Artículo 2.2.1.6.9.20Alistamiento tecnológico y periodo de implementación
Capítulo 8. Garantías frente al acoso y violencia, la violencia basada en género y discriminación en ámbito laboral
Sección 1. Objetivo, enfoques, definiciones y ámbito de aplicación frente al acoso y violencia, la violencia basada en género y discriminación en ámbito laboral
- Artículo 2.2.1.8.1.1Objeto
- Artículo 2.2.1.8.1.2Enfoques
- Artículo 2.2.1.8.1.3Definiciones
- Artículo 2.2.1.8.1.4Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.1.8.1.5Sujetos de protección
- Artículo 2.2.1.8.1.6Relaciones de poder y expresión de voluntad
- Artículo 2.2.1.8.1.7Respeto y límites en el ejercicio del poder subordinante del empleador o las entidades contratantes
- Artículo 2.2.1.8.1.8Derecho de no confrontación y no conciliación
Sección 2. Medidas de prevención y protección frente al acoso y violencia, violencias basadas en género y discriminación
- Artículo 2.2.1.8.2.1Obligación de implementar y socializar una política y un protocolo para la prevención del acoso y violencia, violencia basada en género y discriminación
- Artículo 2.2.1.8.2.2Obligación de actualizar los reglamentos y contratos de trabajo
- Artículo 2.2.1.8.2.3Medidas de prevención del acoso y la discriminación
- Artículo 2.2.1.8.2.4Medidas de atención integral para casos de acoso y violencia, violencias basadas en género y discriminación
- Artículo 2.2.1.8.2.5Medidas de protección para casos de acoso y violencia, violencias basadas en género y discriminación
- Artículo 2.2.1.8.2.6Acceso a mecanismos conocidos de protección
- Artículo 2.2.1.8.2.7Protección frente a medidas retaliatorias
- Artículo 2.2.1.8.2.8Protección frente a procedimiento de evaluación laboral
- Artículo 2.2.1.8.2.9Medidas culturales para prevenir la revictimización
- Artículo 2.2.1.8.2.10Protección especial para personas víctimas de violencia comprobada
Sección 3. Deberes frente a investigaciones y sanciones
- Artículo 2.2.1.8.3.1Deberes de la inspección de trabajo, empleadores y empleadoras o las entidades al investigar
- Artículo 2.2.1.8.3.2Enfoques diferenciados para superar casos de discriminación
- Artículo 2.2.1.8.3.3Valoración de las pruebas con enfoque de género
- Artículo 2.2.1.8.3.4Casos en que opera la presunción de discriminación
- Artículo 2.2.1.8.3.4Protección a la intimidad y dignidad
- Artículo 2.2.1.8.3.6Facultades especiales de autoridades, empleadores y entidades en caso de riesgos inminentes
- Artículo 2.2.1.8.3.7Garantías especiales para víctimas de acoso o violencia sexual en el ámbito laboral
- Artículo 2.2.1.8.3.8Contenido de las decisiones
- Artículo 2.2.1.8.3.9Sanciones y proporcionalidad en su aplicación
- Artículo 2.2.1.8.3.10Autoridades competentes
Título 2. Relaciones laborales colectivas
Capítulo 1. Sindicatos
- Artículo 2.2.2.1.1Comunicación de cambios en juntas directivas, subdirectivas o comités seccionales
- Artículo 2.2.2.1.2Registro de cambios en juntas directivas, subdirectivas o comités seccionales
- Artículo 2.2.2.1.3Procedimiento para la inscripción de juntas directivas sindicales
- Artículo 2.2.2.1.4Causales para negación de la inscripción
- Artículo 2.2.2.1.5Improcedencia de impugnaciones durante el trámite
- Artículo 2.2.2.1.6Ausencia de pronunciamiento por parte del ministerio
- Artículo 2.2.2.1.7Anotación en el archivo sindical
- Artículo 2.2.2.1.8Subdirectivas y comités seccionales
- Artículo 2.2.2.1.9Protección en caso de presentación de pliego de peticiones
- Artículo 2.2.2.1.10Depósito del pacto colectivo
- Artículo 2.2.2.1.11Presentación de pliego de peticiones cuando hay pacto colectivo
- Artículo 2.2.2.1.12De la convocatoria a la asamblea
- Artículo 2.2.2.1.13Desarrollo de la asamblea
- Artículo 2.2.2.1.14De la asistencia del funcionario
- Artículo 2.2.2.1.15Del tribunal de arbitramento durante el desarrollo de la huelga
- Artículo 2.2.2.1.16Definición
- Artículo 2.2.2.1.17Afiliados vinculados para la ejecución del contrato
- Artículo 2.2.2.1.18Adecuación a la ley
- Artículo 2.2.2.1.19Autorización para la celebración del contrato sindical
- Artículo 2.2.2.1.20Responsabilidad del sindicato
- Artículo 2.2.2.1.21Existencia previa y afiliados del sindicato
- Artículo 2.2.2.1.22Acciones y representación
- Artículo 2.2.2.1.23Garantías de cumplimiento
- Artículo 2.2.2.1.24Obligaciones de los contratantes
- Artículo 2.2.2.1.25De la suscripción del contrato sindical
- Artículo 2.2.2.1.26Requisitos del contrato sindical
- Artículo 2.2.2.1.27Asamblea anual
- Artículo 2.2.2.1.28Garantías mínimas del reglamento del contrato sindical
- Artículo 2.2.2.1.30Depósito del contrato sindical
- Artículo 2.2.2.1.32Disolución del sindicato o de la empresa contratante
- Artículo 2.2.2.1.33Objeto
- Artículo 2.2.2.1.34Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.2.1.35Intermediación laboral ilegal
- Artículo 2.2.2.1.36Autonomía técnica, administrativa y financiera
- Artículo 2.2.2.1.37Contratación de personal a través de contrato sindical
- Artículo 2.2.2.1.38Uso indebido de contrato sindical en las ese e ips
- Artículo 2.2.2.1.39Criterios orientadores e indicios para la identificación de intermediación laboral ilegal
- Artículo 2.2.2.1.40Responsabilidad frente al sistema de seguridad social integral y reporte mensual
- Artículo 2.2.2.1.41Afiliación e ingreso base de cotización en materia de salud, pensiones y riesgos laborales
- Artículo 2.2.2.1.42Sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo
- Artículo 2.2.2.1.43Sistema de información y registro de contratos sindicales
- Artículo 2.2.2.1.44Asamblea para la suscripción del contrato sindical
- Artículo 2.2.2.1.45Acuerdos de formalización laboral
- Artículo 2.2.2.1.46Prevalencia
- Artículo 2.2.2.1.47Sanciones
Capítulo 2. Prohibiciones y sanciones
- Artículo 2.2.2.2.1Suspensión del trabajo
- Artículo 2.2.2.2.2Vínculo sindical
- Artículo 2.2.2.2.3Limitación a suscripción de pactos colectivos
Capítulo 3. Cuotas sindicales
- Artículo 2.2.2.3.1Recaudo de las cuotas sindicales
- Artículo 2.2.2.3.2Prueba de la calidad de afiliado a un sindicato
- Artículo 2.2.2.3.3Prueba de la calidad de afiliado a federación o confederación
- Artículo 2.2.2.3.4Coincidencia de las certificaciones
- Artículo 2.2.2.3.5Ámbito de aplicación
Capítulo 4. Sindicatos de empleados públicos
- Artículo 2.2.2.4.1Objeto
- Artículo 2.2.2.4.2Campo de aplicación
- Artículo 2.2.2.4.3Definiciones
- Artículo 2.2.2.4.4Reglas de aplicación
- Artículo 2.2.2.4.5Materias de negociación
- Artículo 2.2.2.4.6Materias que no son objeto de negociación
- Artículo 2.2.2.4.7Partes en la negociación
- Artículo 2.2.2.4.8Negociación multinivel y ámbitos de negociación
- Artículo 2.2.2.4.9Condiciones y requisitos para la comparecencia sindical e inicio de la negociación
- Artículo 2.2.2.4.10Número de negociadores, grado de representatividad y conformación de la comisión negociadora unificada sindical
- Artículo 2.2.2.4.11Tabla para la conformación de la comisión unificada sindical
- Artículo 2.2.2.4.12Calidad de los negociadores dentro del proceso de negociación con las organizaciones sindicales de empleados públicos
- Artículo 2.2.2.4.13Características de la negociación
- Artículo 2.2.2.4.14Términos y etapas de la negociación
- Artículo 2.2.2.4.15Actas
- Artículo 2.2.2.4.16Acuerdo colectivo
- Artículo 2.2.2.4.17Cumplimiento e implementación del acuerdo colectivo
- Artículo 2.2.2.4.18Comité bipartito para el seguimiento en la implementación o ejecución y cumplimiento del acuerdo colectivo
- Artículo 2.2.2.4.19Capacitación
- Artículo 2.2.2.4.20Inspección y vigilancia
- Artículo 2.2.2.4.21Aplicación transitoria del presente capítulo
Capítulo 5. Permisos sindicales
- Artículo 2.2.2.5.1Permisos sindicales para los representantes sindicales y servidores públicos sindicalizados
- Artículo 2.2.2.5.2Beneficiarios de los permisos sindicales
- Artículo 2.2.2.5.3Reconocimiento de los permisos sindicales
- Artículo 2.2.2.5.4Términos para el otorgamiento de permisos sindicales
- Artículo 2.2.2.5.5Solicitud incompleta
- Artículo 2.2.2.5.6Efectos de los permisos sindicales
Capítulo 6. Federaciones y confederaciones
- Artículo 2.2.2.6.1Número mínimo para la Constitución o subsistencia de las federaciones de trabajadores
- Artículo 2.2.2.6.2Requisitos para la Constitución de las federaciones de trabajadores las confederaciones requerirán para su Constitución por lo menos diez federaciones
- Artículo 2.2.2.6.3Prohibiciones de las confederaciones
- Artículo 2.2.2.6.4Asesorías de las organizaciones sindicales
- Artículo 2.2.2.6.5Requisitos para acceder a las asesorías de las organizaciones sindicales
Capítulo 7. Negociación colectiva unificada por niveles
- Artículo 2.2.2.7.1Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.2.7.2Niveles de negociación, coordinación ínter-niveles y cláusulas de adaptabilidad
- Artículo 2.2.2.7.3Fomento de negociaciones bajo el principio de la buena fe
- Artículo 2.2.2.7.4Fomento de negociaciones fundamentadas e informadas
- Artículo 2.2.2.7.5Partes en la negociación
- Artículo 2.2.2.7.6Criterios de representatividad de las organizaciones sindicales, empleadores y organizaciones de empleadores
- Artículo 2.2.2.7.7Convenciones colectivas de trabajo
- Artículo 2.2.2.7.8Efectos
- Artículo 2.2.2.7.9Cuota por beneficio convencional
- Artículo 2.2.2.7.10Reglas de representación y adaptabilidad para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes)
- Artículo 2.2.2.7.11Norma general
Capítulo 8. Fuero sindical
Capítulo 9. Convocatoria e integración de tribunales de arbitramento para la solución de conflictos colectivos laborales
- Artículo 2.2.2.9.1Procedimiento de convocatoria e integración de tribunales de arbitramento
- Artículo 2.2.2.9.2Solicitud de convocatoria del tribunal de arbitramento
- Artículo 2.2.2.9.3Convocatoria e integración del tribunal de arbitramento
- Artículo 2.2.2.9.4Unidad en la integración de los tribunales de arbitramento
- Artículo 2.2.2.9.5Designación de los árbitros en caso de renuencia de las partes
- Artículo 2.2.2.9.6Designación de los árbitros por parte del ministerio del trabajo
- Artículo 2.2.2.9.7Impedimentos y recusaciones
- Artículo 2.2.2.9.8Control disciplinario
- Artículo 2.2.2.9.9Utilización de medios electrónicos
- Artículo 2.2.2.9.10Actuaciones administrativas
Capítulo XII. Requisitos para el depósito de los pactos colectivos con el fin de prevenir que sean utilizados para menoscabar el derecho a la libertad sindical, el derecho de asociación sindical y de negociación colectiva
- Artículo 2.2.2.12.1Definición de pacto colectivo
- Artículo 2.2.2.12.2Requisitos para efectuar el depósito del pacto colectivo
- Artículo 2.2.2.12.3Términos y participación sindical
- Artículo 2.2.2.12.4Decisión del funcionario
- Artículo 2.2.2.12.5Informe
- Artículo 2.2.2.12.6Pactos colectivos nuevos o prorrogados
- Artículo 2.2.2.12.7Control de figuras asimilables a pacto colectivo
- Artículo 2.2.2.12.8Compulsa de copias
Título 3. Inspección, vigilancia y control
Capítulo 1. Del poder preferente
- Artículo 2.2.3.1.1Objeto
- Artículo 2.2.3.1.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.3.1.3Poder preferente
- Artículo 2.2.3.1.4Criterios para la aplicación del poder preferente
- Artículo 2.2.3.1.5Actuación
- Artículo 2.2.3.1.6Recurso de apelación
- Artículo 2.2.3.1.7Control
- Artículo 2.2.3.1.8Validez de las actuaciones
- Artículo 2.2.3.1.9Actuaciones administrativas en curso
Capítulo 2. Fondo para el fortalecimiento de la inspección, vigilancia y control del trabajo y la seguridad social (fivicot)
- Artículo 2.2.3.2.1Naturaleza jurídica
- Artículo 2.2.3.2.2Objetivo del fondo
- Artículo 2.2.3.2.3Comité evaluador
- Artículo 2.2.3.2.4Origen de los recursos
- Artículo 2.2.3.2.5Cobro y recaudo
- Artículo 2.2.3.2.6Dirección, administración y ordenación del gasto
- Artículo 2.2.3.2.7Funciones de dirección, administración y ordenación del gasto
- Artículo 2.2.3.2.8Funcionamiento
- Artículo 2.2.3.2.9Ejecución
- Artículo 2.2.3.2.10Multas impuestas antes del 1 de enero de 2020
Capítulo 3. Suspensión y terminación del procedimiento sancionatorio laboral
- Artículo 2.2.3.3.1Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.3.3.2Suspensión y terminación por mutuo acuerdo
- Artículo 2.2.3.3.3Plan de mejoramiento
- Artículo 2.2.3.3.4sin texto vigente
- Artículo 2.2.3.3.5Suspensión
- Artículo 2.2.3.3.6Verificación
- Artículo 2.2.3.3.7Efectos del cumplimiento del plan de mejoramiento
- Artículo 2.2.3.3.8Incumplimiento del plan de mejoramiento
- Artículo 2.2.3.3.9Reincidencia de conductas
Capítulo 4. Medidas para la inspección laboral, prevención, corrección y formalización en materia de tercerización e intermediación ilegal
- Artículo 2.2.3.4.1Definiciones
- Artículo 2.2.3.4.2Protección frente a la presunción reforzada de laboralidad
- Artículo 2.2.3.4.3Indicios de prácticas de tercerización laboral ilegal
- Artículo 2.2.3.4.4Servicios temporales de colaboración con empresas de servicios temporales
- Artículo 2.2.3.4.5Intermediación laboral ilegal con empresas de servicios temporales
- Artículo 2.2.3.4.6Medidas preventivas y correctivas
- Artículo 2.2.3.4.7Sanciones
Capítulo 4. Medidas preventivas en el procedimiento administrativo de inspección, vigilancia y control
- Artículo 2.2.3.4.1Definición y alcance normativo
- Artículo 2.2.3.4.2Tipos de medidas preventivas
- Artículo 2.2.3.4.3Procedimiento y ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.3.4.4Notificación y efectos de la medida preventiva
- Artículo 2.2.3.4.5Garantía de aplicación y consecuencias del incumplimiento
- Artículo 2.2.3.4.6Seguimiento
Título 4. Riesgos laborales
Capítulo 1. Disposiciones generales en riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.1.1Entidades administradoras de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.1.2Desarrollo de programas y acciones de prevención
- Artículo 2.2.4.1.3Contratación de los sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo por parte de las empresas
- Artículo 2.2.4.1.4Conformación de comisiones
- Artículo 2.2.4.1.5Prestación de los servicios de salud
- Artículo 2.2.4.1.6Accidente de trabajo y enfermedad laboral con muerte del trabajador
- Artículo 2.2.4.1.7Reporte de accidentes y enfermedades a las direcciones territoriales y oficinas especiales
Capítulo 2. Afiliación al sistema de riesgos laborales
Sección 1. Reglas generales sobre afiliación
- Artículo 2.2.4.2.1.1Selección
- Artículo 2.2.4.2.1.2Formulario de afiliación
- Artículo 2.2.4.2.1.3Efectos de la afiliación
- Artículo 2.2.4.2.1.4Cambio de entidad administradora de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.1.5Obligación especial del empleador
- Artículo 2.2.4.2.1.6Contenido del formulario de novedades
- Artículo 2.2.4.2.1.7Afiliación colectiva en el sistema general de riesgos laborales
Sección 2. Afiliación, cobertura y el pago de aportes de las personas vinculadas a través de contrato de prestación de servicios
- Artículo 2.2.4.2.2.1Objeto
- Artículo 2.2.4.2.2.2Campo de aplicación
- Artículo 2.2.4.2.2.3Actividades de alto riesgo
- Artículo 2.2.4.2.2.4Selección de la administradora de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.2.5Afiliación por intermedio del contratante
- Artículo 2.2.4.2.2.6Inicio y finalización de la cobertura
- Artículo 2.2.4.2.2.7Documentos o soportes para la afiliación
- Artículo 2.2.4.2.2.8Novedades en el sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.2.9Afiliación cuando existen varios contratos
- Artículo 2.2.4.2.2.10Cobertura de las prestaciones económicas y asistenciales
- Artículo 2.2.4.2.2.11Cotización según clase de riesgo
- Artículo 2.2.4.2.2.12Ingreso base de cotización
- Artículo 2.2.4.2.2.13Pago de la cotización
- Artículo 2.2.4.2.2.14Ingreso base de liquidación
- Artículo 2.2.4.2.2.15Obligaciones del contratante
- Artículo 2.2.4.2.2.16Obligaciones del contratista
- Artículo 2.2.4.2.2.17Obligaciones de la administradora de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.2.18Exámenes médicos ocupacionales
- Artículo 2.2.4.2.2.19Alternativas de ejecución de las actividades de promoción y prevención a cargo de la administradora de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.2.20Estadísticas de accidentalidad
- Artículo 2.2.4.2.2.21Inspección, vigilancia y control
- Artículo 2.2.4.2.2.22Mecanismos de seguimiento y control
- Artículo 2.2.4.2.2.23Normas complementarias
- Artículo 2.2.4.2.2.24Otras disposiciones
Sección 3. Afiliación de estudiantes al sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.3.1Objeto
- Artículo 2.2.4.2.3.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.4.2.3.3Definiciones
- Artículo 2.2.4.2.3.4Afiliación y pago de aportes al sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.3.5Cobertura del sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.3.6Cotización y pago de aportes al sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.3.7Garantías de seguridad, protección y bienestar de los estudiantes
- Artículo 2.2.4.2.3.8Responsabilidades de los estudiantes durante la realización de la práctica o actividad
- Artículo 2.2.4.2.3.9Obligaciones del responsable de la afiliación y pago
- Artículo 2.2.4.2.3.10Obligaciones de la entidad, empresa o institución pública o privada en donde se realice la práctica
- Artículo 2.2.4.2.3.11Obligaciones de la institución de educación
- Artículo 2.2.4.2.3.12Supervisión de la práctica
- Artículo 2.2.4.2.3.13Protección y prevención a cargo de las administradoras de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.3.14Prestaciones económicas y asistenciales del sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.4.15De la responsabilidad y sanciones
- Artículo 2.2.4.2.3.16Disposiciones complementarias
Sección 4. Riesgos laborales en empresas de servicios temporales
- Artículo 2.2.4.2.4.1Afiliación de trabajadores de las empresas de servicios temporales
- Artículo 2.2.4.2.4.2Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (sg- sst)
- Artículo 2.2.4.2.4.3Pago de las cotizaciones
- Artículo 2.2.4.2.4.4Cotización de las empresas de servicios temporales
- Artículo 2.2.4.2.4.5Reporte de accidente de trabajo y enfermedad laboral
Sección 5. Afiliación voluntaria al sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.5.1Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.4.2.5.2Reglas de afiliación al sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.5.3Afiliación irregular por terceros
- Artículo 2.2.4.2.5.4Iniciación de la cobertura del sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.5.5Ingreso base de cotización
- Artículo 2.2.4.2.5.6Cotización y pago de aportes al sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.5.7Tabla de cotizaciones mínimas y máximas
- Artículo 2.2.4.2.5.8Variación de la cotización
- Artículo 2.2.4.2.5.9Tabla de clasificación de ocupaciones u oficios más representativos
- Artículo 2.2.4.2.5.10Efectos de la mora en las cotizaciones
- Artículo 2.2.4.2.5.11Obligaciones de los afiliados voluntarios al sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.5.12Obligaciones a cargo de las administradoras de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.5.13Accidente de trabajo y enfermedad laboral
- Artículo 2.2.4.2.5.14Prestaciones económicas y asistenciales del sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.2.5.15Ingreso base de liquidación
- Artículo 2.2.4.2.5.16Inspección, vigilancia y control
- Artículo 2.2.4.2.5.17Fiscalización del pago de aportes
- Artículo 2.2.4.2.5.18Disposiciones complementarias
Capítulo 3. Cotizaciones en el sistema de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.3.1Determinación de la cotización
- Artículo 2.2.4.3.2Obligatoriedad de las cotizaciones
- Artículo 2.2.4.3.3Base de cotización
- Artículo 2.2.4.3.4Monto de las cotizaciones
- Artículo 2.2.4.3.5Tabla de cotizaciones mínimas y máximas
- Artículo 2.2.4.3.6Formulario de novedades
- Artículo 2.2.4.3.7Plazo para el pago de las cotizaciones
- Artículo 2.2.4.3.8Acciones de cobro
- Artículo 2.2.4.3.9Centro de trabajo
- Artículo 2.2.4.3.10Fundamento de la reclasificación
- Artículo 2.2.4.3.11Remisión de los estudios de reclasificación
Capítulo 4. Reembolsos
- Artículo 2.2.4.4.1Campo de aplicación
- Artículo 2.2.4.4.2Reembolso de la atención inicial de urgencias
- Artículo 2.2.4.4.3Reembolso por prestaciones asistenciales
- Artículo 2.2.4.4.4Formulario de reembolso
- Artículo 2.2.4.4.5Reembolsos entre entidades administradoras de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.4.6Procedimiento para efectuar los reembolsos
- Artículo 2.2.4.4.7Subrogación
Capítulo 5. Del consejo nacional de riesgos laborales
Capítulo 6. Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
- Artículo 2.2.4.6.1Objeto y campo de aplicación
- Artículo 2.2.4.6.2Definiciones
- Artículo 2.2.4.6.3Seguridad y salud en el trabajo (sst)
- Artículo 2.2.4.6.4Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (sg-sst)
- Artículo 2.2.4.6.5Política de seguridad y salud en el trabajo (sst)
- Artículo 2.2.4.6.6Requisitos de la política de seguridad y salud en el trabajo (sst)
- Artículo 2.2.4.6.7Objetivos de la política de seguridad y salud en el trabajo (sst)
- Artículo 2.2.4.6.8Obligaciones de los empleadores
- Artículo 2.2.4.6.9Obligaciones de las administradoras de riesgos laborales (arl)
- Artículo 2.2.4.6.10Responsabilidades de los trabajadores
- Artículo 2.2.4.6.11Capacitación en seguridad y salud en el trabajo (sst)
- Artículo 2.2.4.6.12Documentación
- Artículo 2.2.4.6.13Conservación de los documentos
- Artículo 2.2.4.6.14Comunicación
- Artículo 2.2.4.6.15Identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos
- Artículo 2.2.4.6.16Evaluación inicial del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (sg-sst)
- Artículo 2.2.4.6.17Planificación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (sg-sst)
- Artículo 2.2.4.6.18Objetivos del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (sg-sst)
- Artículo 2.2.4.6.19Indicadores del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (sg-sst)
- Artículo 2.2.4.6.20Indicadores que evalúan la estructura del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (sg-sst)
- Artículo 2.2.4.6.21Indicadores que evalúan el proceso del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (sg-sst)
- Artículo 2.2.4.6.22Indicadores que evalúan el resultado del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (sg-sst)
- Artículo 2.2.4.6.23Gestión de los peligros y riesgos
- Artículo 2.2.4.6.24Medidas de prevención y control
- Artículo 2.2.4.6.25Prevención, preparación y respuesta ante emergencias
- Artículo 2.2.4.6.26Gestión del cambio
- Artículo 2.2.4.6.27Adquisiciones
- Artículo 2.2.4.6.28Contratación
- Artículo 2.2.4.6.29Auditoría de cumplimiento del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
- Artículo 2.2.4.6.30Alcance de la auditoría de cumplimiento del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (sg-sst)
- Artículo 2.2.4.6.31Revisión por la alta dirección
- Artículo 2.2.4.6.32Investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales
- Artículo 2.2.4.6.33Acciones preventivas y correctivas
- Artículo 2.2.4.6.34Mejora continua
- Artículo 2.2.4.6.35Capacitación obligatoria
- Artículo 2.2.4.6.36Sanciones
- Artículo 2.2.4.6.37Transición
- Artículo 2.2.4.6.38Constitución del plan nacional de seguridad y salud en el trabajo
- Artículo 2.2.4.6.39Sujeción de otras entidades gubernamentales
- Artículo 2.2.4.6.40Servicios privados de seguridad y salud en el trabajo
- Artículo 2.2.4.6.41Responsabilidades de los servicios privados de salud y seguridad en el trabajo
- Artículo 2.2.4.6.42Contratación de servicios de seguridad y salud en el trabajo
Capítulo 7. Sistema de garantía de calidad del sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.7.1Objeto
- Artículo 2.2.4.7.2Campo de aplicación
- Artículo 2.2.4.7.3Características del sistema de garantía de calidad del sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.7.4Componentes
- Artículo 2.2.4.7.5Sistema de estándares mínimos
- Artículo 2.2.4.7.6Auditoría para el mejoramiento de la calidad de la atención en seguridad y salud en el trabajo y riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.7.7Sistema de acreditación
- Artículo 2.2.4.7.8Sistema de información para la calidad
- Artículo 2.2.4.7.9Objetivos del sistema de información para la calidad
- Artículo 2.2.4.7.10Suministro de información
- Artículo 2.2.4.7.11Características del sistema de información para la calidad
- Artículo 2.2.4.7.12Competencias en la organización del sistema de garantía de calidad del sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.7.13Sanciones
Capítulo 8. Fondo de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.8.1Administración del fondo
- Artículo 2.2.4.8.2Obligaciones de las entidades administradores del fondo de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.8.3Recursos del fondo de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.8.4Recaudo de los recursos por parte de las entidades administradoras de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.8.5Recaudo de los recursos por parte de la sociedad fiduciaria
- Artículo 2.2.4.8.6Intereses moratorios
- Artículo 2.2.4.8.7Ausencia de insinuación
Capítulo 9. Sistema de compensación en el sistema general de riesgos laborales
Sección 1. Generalidades sobre el sistema de compensación
- Artículo 2.2.4.9.1.1Objeto
- Artículo 2.2.4.9.1.2Obligatoriedad de afiliación
- Artículo 2.2.4.9.1.3Implementación
Sección 2. Términos y condiciones específicas del sistema de compensación monetaria
- Artículo 2.2.4.9.2.1Objeto
- Artículo 2.2.4.9.2.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.4.9.2.3Términos y condiciones del mecanismo de compensación
- Artículo 2.2.4.9.2.4Giro de los recursos
- Artículo 2.2.4.9.2.5Seguimiento, inspección y vigilancia
Capítulo 10. Intermediarios de seguros
- Artículo 2.2.4.10.1Intermediarios de seguros
- Artículo 2.2.4.10.2Idoneidad e infraestructura humana y operativa de los intermediarios de seguros
- Artículo 2.2.4.10.3Inscripción para ejercer la labor de intermediación en el ramo de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.10.4Prohibiciones
- Artículo 2.2.4.10.5Transición
- Artículo 2.2.4.10.6Estándares para revelación de información financiera de administradoras de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.10.7Reporte y revelación de información de las administradoras de riesgos laborales
- Artículo 2.2.4.10.8Alcance de la intermediación
- Artículo 2.2.4.10.9Ofertas comerciales
Capítulo 11. Criterios de graduación de las multas por infracción a las normas de seguridad y salud en el trabajo
- Artículo 2.2.4.11.1Objeto
- Artículo 2.2.4.11.2Campo de aplicación
- Artículo 2.2.4.11.3Principios
- Artículo 2.2.4.11.4Criterios para graduar las multas
- Artículo 2.2.4.11.5Criterio de proporcionalidad y razonabilidad para la cuantía de la sanción a los empleadores
- Artículo 2.2.4.11.6Obligatoriedad de incluir los criterios para graduar las multas
- Artículo 2.2.4.11.7Plan de mejoramiento
- Artículo 2.2.4.11.8Términos para la clausura o cierre del lugar de trabajo por parte del inspector de trabajo
- Artículo 2.2.4.11.9Términos de tiempo para suspensión de actividades o cierre definitivo de empresa por parte de los directores territoriales
- Artículo 2.2.4.11.10Procedimiento para la imposición de la medida de cierre o suspensión de actividades
- Artículo 2.2.4.11.11Contenido de la decisión
- Artículo 2.2.4.11.12Paralización o prohibición inmediata de trabajos y tareas
- Artículo 2.2.4.11.13Respeto de los derechos laborales y prestaciones sociales
Capítulo 12. Programa de prevención de accidentes mayores
- Artículo 2.2.4.12.1Objeto
- Artículo 2.2.4.12.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.4.12.3Instalaciones clasificadas
- Artículo 2.2.4.12.4Exclusiones
- Artículo 2.2.4.12.5Definiciones
- Artículo 2.2.4.12.6Programa de prevención de accidentes mayores (ppam)
- Artículo 2.2.4.12.7Listado de sustancias químicas asociadas a accidentes mayores y cantidades umbral
- Artículo 2.2.4.12.8Registro de instalaciones clasificadas
- Artículo 2.2.4.12.9Sistema de gestión de la seguridad para la prevención de accidentes mayores
- Artículo 2.2.4.12.10Plan de emergencias y contingencias (pec)
- Artículo 2.2.4.12.11Informe de seguridad
- Artículo 2.2.4.12.12Registro y reporte de incidentes y accidentes mayores
- Artículo 2.2.4.12.13Investigación de incidentes y accidentes mayores
- Artículo 2.2.4.12.14Inspección, vigilancia y control
- Artículo 2.2.4.12.15Información disponible al público
- Artículo 2.2.4.12.16Intercambio de información relacionada con accidentes mayores que puedan tener impacto transfronterizo
- Artículo 2.2.4.12.17Información con fines de gestión territorial del riesgo
- Artículo 2.2.4.12.18Información con fines de ordenamiento territorial
- Artículo 2.2.4.12.19Obligaciones del responsable de la instalación clasificada
- Artículo 2.2.4.12.20Obligaciones de los trabajadores
- Artículo 2.2.4.12.21Mesa interinstitucional de apoyo al programa de prevención de accidentes mayores (mippam)
- Artículo 2.2.4.12.22Integración de la mesa técnica interinstitucional de apoyo al programa de prevención de accidentes mayores (mippam)
- Artículo 2.2.4.12.23Funciones de la mesa técnica interinstitucional de apoyo al programa de prevención de accidentes mayores (mippam)
- Artículo 2.2.4.12.24Secretaría técnica
- Artículo 2.2.4.12.25Régimen de transición
Capítulo 13. Acciones de promoción de la salud mental, la prevención de problemas y trastornos mentales y del consumo de sustancias psicoactivas en el ámbito laboral
- Artículo 2.2.4.13.1Objeto
- Artículo 2.2.4.13.2Campo de aplicación
- Artículo 2.2.4.13.3Acciones de prevención del consumo y abuso de sustancias psicoactivas por parte de los empleadores y contratantes
- Artículo 2.2.4.13.4Desarrollo de acciones de prevención de problemas y trastornos mentales por parte de los empleadores y contratantes
- Artículo 2.2.4.13.5Protección especial al talento humano que trabaja en salud mental
- Artículo 2.2.4.13.6Responsabilidades de los empleadores y contratantes
- Artículo 2.2.4.13.7Responsabilidades de las administradoras de riesgos laborales (arl)
- Artículo 2.2.4.13.8Responsabilidades de las entidades promotoras de salud
- Artículo 2.2.4.13.9Responsabilidades de los trabajadores y contratistas
- Artículo 2.2.4.13.10Seguimiento
- Artículo 2.2.4.13.11Sanciones
Título 5. Juntas de calificación de invalidez
Capítulo 1. Disposiciones generales
- Artículo 2.2.5.1.1Campo de aplicación
- Artículo 2.2.5.1.2Personas interesadas
- Artículo 2.2.5.1.3Principios rectores
- Artículo 2.2.5.1.4Naturaleza de las juntas regionales y nacional de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.5Certificación de no vinculación con entidades de seguridad social o de vigilancia y control
- Artículo 2.2.5.1.6Funciones comunes de las juntas de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.7Funciones de los integrantes de la junta de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.8Funciones del director administrativo y financiero de la junta de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.9Funciones exclusivas de la junta nacional de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.10Funciones exclusivas de las juntas regionales de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.11Renuncias
- Artículo 2.2.5.1.12Actuación de suplentes
- Artículo 2.2.5.1.13Designaciones ad hoc
- Artículo 2.2.5.1.14Equipo interconsultor externo de las juntas de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.15Presupuesto de la junta de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.16Honorarios
- Artículo 2.2.5.1.17Distribución de honorarios a los integrantes y miembros de las juntas de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.18Gastos de administración de las juntas de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.19Remanentes juntas calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.20Manejo de las cuentas bancarias
- Artículo 2.2.5.1.21Funciones del revisor fiscal de las juntas de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.22Archivo
- Artículo 2.2.5.1.23Inventarios y entrega de bienes, elementos y expedientes a cargo de las juntas de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.24Presentación de la solicitud
- Artículo 2.2.5.1.25Casos en los cuales se puede recurrir directamente ante las juntas regionales de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.26Condiciones que deben reunir las entidades que califican la pérdida de la capacidad laboral
- Artículo 2.2.5.1.27Calificación del origen del accidente, la enfermedad o la muerte
- Artículo 2.2.5.1.28Requisitos mínimos que debe contener el expediente para ser solicitado el dictamen ante la junta regional y nacional de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.29Solicitudes incompletas ante las juntas de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.30Prohibición de realizar y allegar doble calificación ante las juntas de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.31Devolución de expedientes
- Artículo 2.2.5.1.32Pago de gastos de traslado, valoraciones por especialistas y exámenes complementarios
- Artículo 2.2.5.1.33Recepción y radicación de solicitudes ante la junta de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.34Reparto
- Artículo 2.2.5.1.35Reuniones de las juntas de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.36Sustanciación y ponencia
- Artículo 2.2.5.1.37Quórum y decisiones
- Artículo 2.2.5.1.38Dictamen
- Artículo 2.2.5.1.39Notificación del dictamen
- Artículo 2.2.5.1.40Aclaración y corrección de los dictámenes
- Artículo 2.2.5.1.41Recurso de reposición y apelación
- Artículo 2.2.5.1.42Controversias sobre los dictámenes de las juntas de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.43Firmeza de los dictámenes
- Artículo 2.2.5.1.44Competencia del ministerio del trabajo
- Artículo 2.2.5.1.45Aplicación del Código disciplinario único
- Artículo 2.2.5.1.46Incompatibilidades e inhabilidades
- Artículo 2.2.5.1.47Impedimentos y recusaciones
- Artículo 2.2.5.1.48Demandas o denuncias contra las juntas de calificación de invalidez y sus integrantes de periodo vigente o anteriores
- Artículo 2.2.5.1.49Fundamentos tenidos en cuenta para la calificación
- Artículo 2.2.5.1.50Procedimiento aplicado para la calificación integral de la invalidez
- Artículo 2.2.5.1.51Dictámenes sobre el origen y la pérdida de la capacidad laboral de educadores, de servidores públicos de ecopetrol, fuerzas militares y policía nacional
- Artículo 2.2.5.1.52De la actuación como perito por parte de las juntas regionales de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.53Revisión de la calificación de incapacidad permanente parcial o de la calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.1.54Cesación de la invalidez
- Artículo 2.2.5.1.55Responsabilidades del ministerio del trabajo
- Artículo 2.2.5.1.56Sanciones
- Artículo 2.2.5.1.57Transición
Capítulo 2. Junta de calificación de invalidez de aviadores
- Artículo 2.2.5.2.1Campo de aplicación
- Artículo 2.2.5.2.2Junta especial de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.2.3Determinación de la invalidez
- Artículo 2.2.5.2.4Invalidez
- Artículo 2.2.5.2.5Naturaleza de la junta
- Artículo 2.2.5.2.6Secretario de la junta especial de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.2.7Participación de otras personas en las audiencias privadas de la junta especial de calificación de invalidez
- Artículo 2.2.5.2.8Solicitud
- Artículo 2.2.5.2.9Requisitos de la solicitud
- Artículo 2.2.5.2.10Honorarios de los miembros de la junta
Título 6. Normas referentes al empleo
Capítulo 1. Mecanismo de protección al cesante
Sección 1. Disposiciones generales
- Artículo 2.2.6.1.1.1Objeto de reglamentación
- Artículo 2.2.6.1.1.2Asignación de subsidios al desempleo
Sección 2. Servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.1Objeto del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.2Principios
- Artículo 2.2.6.1.2.3Respeto a la intimidad y dignidad
- Artículo 2.2.6.1.2.4Gratuidad
- Artículo 2.2.6.1.2.5De la dirección y regulación del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.6. Del consejo nacional de mitigación del desempleo. En
- Artículo 2.2.6.1.2.7De la administración del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.8Conectividad y reportes
- Artículo 2.2.6.1.2.9Del sistema de información del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.10Registro de oferentes
- Artículo 2.2.6.1.2.11Registro único de empleadores
- Artículo 2.2.6.1.2.12Del registro de vacantes
- Artículo 2.2.6.1.2.13Disponibilidad de la información en el sistema de información del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.14Objetivo de la red de prestadores del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.15De los prestadores del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.16Del registro de prestadores del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.17Servicios de gestión y colocación
- Artículo 2.2.6.1.2.18De la autorización de los prestadores de servicios de gestión y colocación de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.19Requisitos para la obtención de la autorización
- Artículo 2.2.6.1.2.20Obligaciones de los prestadores del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.21Del sistema de información propio de los prestadores del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.22De las funciones del sistema de información propio de los prestadores del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.23De la interoperabilidad y compatibilidad del sistema de información de los prestadores de servicios de gestión y colocación de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.24Del reglamento de prestación de servicios de gestión y colocación de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.25Del contenido del reglamento de prestación de servicios de gestión y colocación de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.26Actos prohibidos en la prestación de servicios de gestión y colocación de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.27Clases de agencias
- Artículo 2.2.6.1.2.28Cobro por servicios básicos
- Artículo 2.2.6.1.2.29Cobro por servicios especializados
- Artículo 2.2.6.1.2.30De la agencia pública de empleo del sena y sus centros de atención
- Artículo 2.2.6.1.2.31De los servicios de la agencia pública de empleo a cargo del servicio nacional de aprendizaje, (sena)
- Artículo 2.2.6.1.2.32Del sistema de información propio para la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo en relación con la agencia pública de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.33Las cajas de compensación familiar prestadoras de servicios de gestión y colocación de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.34Territorialidad
- Artículo 2.2.6.1.2.35De las obligaciones de las agencias de gestión y colocación de empleo constituidas por las cajas de compensación familiar
- Artículo 2.2.6.1.2.36Bolsas de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.37Bolsas de empleo de instituciones de educación superior
- Artículo 2.2.6.1.2.38Servicios prestados por las bolsas de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.39Del reglamento de prestación de servicios de las bolsas de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.40De las prohibiciones de las bolsas de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.41Bolsas de empleo para proyectos especiales
- Artículo 2.2.6.1.2.42De la inspección, vigilancia y control del servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.1.2.43Competencia y procedimiento de vigilancia y control
- Artículo 2.2.6.1.2.44Informe de incumplimiento
Sección 3. Prestaciones económicas a la población cesante reconocidas por el fondo de solidaridad de fomento al empleo y protección al cesante (fosfec)
- Artículo 2.2.6.1.3.1Objeto de las prestaciones económicas
- Artículo 2.2.6.1.3.2Certificación sobre cesación laboral expedida por el empleador
- Artículo 2.2.6.1.3.3Acreditación de requisitos de acceso al mecanismo de protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.3.4Aporte de trabajadores independientes a las cajas de compensación familiar
- Artículo 2.2.6.1.3.5Procedimiento transitorio para validación de requisitos
- Artículo 2.2.6.1.3.6Decisión sobre reconocimiento de prestaciones económicas
- Artículo 2.2.6.1.3.7Recurso de reposición
- Artículo 2.2.6.1.3.8Del registro de beneficiarios
- Artículo 2.2.6.1.3.9Pago de los aportes de seguridad social en salud y pensiones
- Artículo 2.2.6.1.3.10Improcedencia de las prestaciones del mecanismo de protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.3.11Pérdida de las prestaciones
- Artículo 2.2.6.1.3.12Administración de los recursos
- Artículo 2.2.6.1.3.13Apropiación y destinación por parte de las cajas de compensación familiar de los recursos del fondo de solidaridad de fomento al empleo y protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.3.14Comisión por labor administrativa y gastos operativos y de administración
- Artículo 2.2.6.1.3.15Del proceso de compensación entre cajas
- Artículo 2.2.6.1.3.16Compensación extraordinaria de recursos del fosfec
- Artículo 2.2.6.1.3.17Del fondo para el fomento del empleo y protección del desempleo (fonede)
- Artículo 2.2.6.1.3.18Transferencia económica
- Artículo 2.2.6.1.3.19Financiación de la transferencia económica
- Artículo 2.2.6.1.3.20Requisitos de acceso a los bonos de alimentaciónsin texto vigente
- Artículo 2.2.6.1.3.21Esquema de operación y entrega del beneficio de bonos de alimentaciónsin texto vigente
- Artículo 2.2.6.1.3.22Seguimientosin texto vigente
- Artículo 2.2.6.1.3.23Pérdida del beneficio de bono de alimentaciónsin texto vigente
- Artículo 2.2.6.1.3.24Cesación del beneficio de bono de alimentaciónsin texto vigente
- Artículo 2.2.6.1.3.25Financiación de los bonos de alimentaciónsin texto vigente
- Artículo 2.2.6.1.3.26Esquema de transición de actuales beneficiarios de prestaciones económicassin texto vigente
Sección 4. Capacitación para la inserción laboral
- Artículo 2.2.6.1.4.1Objeto del servicio de capacitación
- Artículo 2.2.6.1.4.2Definiciones
- Artículo 2.2.6.1.4.3Lineamientos sobre la oferta
- Artículo 2.2.6.1.4.4Programas de capacitación para la inserción o reinserción laboral
- Artículo 2.2.6.1.4.5Oferentes de los programas
- Artículo 2.2.6.1.4.6Organización de los servicios de capacitación e inserción y reinserción laboral
- Artículo 2.2.6.1.4.7Financiamiento de la capacitación para la inserción y reinserción laboral
- Artículo 2.2.6.1.4.8Exenciones
- Artículo 2.2.6.1.4.9Capacitación impartida por el servicio nacional de aprendizaje (sena)
- Artículo 2.2.6.1.4.10Reconocimientos de saberes previos de la población cesante
Sección 5. Ahorro voluntario y beneficio monetario
- Artículo 2.2.6.1.5.1Objeto
- Artículo 2.2.6.1.5.2Campo de aplicación
- Artículo 2.2.6.1.5.3Destinación parcial o total de las cesantías con destino al mecanismo de protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.5.4Forma y modalidades de destinación
- Artículo 2.2.6.1.5.5Formato para manifestar la voluntad sobre ahorro de cesantías para el mecanismo de protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.5.6Promoción del ahorro para el mecanismo de protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.5.7Coexistencia de contratos laborales
- Artículo 2.2.6.1.5.8Revocatoria total de la destinación de cesantías para ahorro en el mecanismo de protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.5.9No aplicación del ahorro de cesantías para el mecanismo de protección al cesante por pago anticipado
- Artículo 2.2.6.1.5.10Beneficio monetario proporcional por ahorro de cesantías para el mecanismo de protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.5.11Afiliación para independientes y trabajadores con salario integral
- Artículo 2.2.6.1.5.12Beneficio monetario proporcional por ahorro de cesantías
- Artículo 2.2.6.1.5.13Responsabilidad y condiciones para el pago del ahorro de cesantías y del beneficio monetario por ahorro en el mecanismo de protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.5.14Consulta de información entre las cajas de compensación familiar y las administradoras de fondos de cesantías
- Artículo 2.2.6.1.5.15Traslado de administradora de fondos de cesantías
- Artículo 2.2.6.1.5.16Disposición del ahorro de cesantías para el mecanismo de protección al cesante cuando el trabajador no acredite requisitos para ser beneficiario
- Artículo 2.2.6.1.5.17Disposición del saldo destinado para ahorro de cesantías al mecanismo de protección al cesante por reconocimiento de pensión
- Artículo 2.2.6.1.5.18Obligaciones del empleador que incumpla la consignación de las cesantías
- Artículo 2.2.6.1.5.19Reporte de información
- Artículo 2.2.6.1.5.20Contabilización de los recursos de ahorro de cesantías para el mecanismo de protección al cesante
Sección 6. Disposiciones varias relativas a los mecanismos de protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.6.1De la obligación de promoción y divulgación del mecanismo de protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.6.2Cobertura del mecanismo de protección al cesante en eventos de suspensión involuntaria del contrato de trabajo
- Artículo 2.2.6.1.6.3Reporte de la suspensión
- Artículo 2.2.6.1.6.4Particularidades del régimen de prestaciones y beneficios
- Artículo 2.2.6.1.6.5Servicios sociales de las cajas de compensación familiar para trabajadores suspendidos
Sección 7. Financiación de práctica laboral, judicatura y relación docencia de servicio en el área de la salud como mecanismo para que los jóvenes adquieran experiencia laboral relacionada con su campo de estudio
- Artículo 2.2.6.1.7.1Objeto de la sección
- Artículo 2.2.6.1.7.2Prácticas laborales en el marco del mecanismo de protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.7.3Programas susceptibles de ser financiados con cargo al fosfec para promover escenarios de práctica laboral en entidades públicas
- Artículo 2.2.6.1.7.4Recursos destinados al desarrollo de programas para promover escenarios de práctica laboral en entidades públicas
- Artículo 2.2.6.1.7.5Manejo de los recursos
- Artículo 2.2.6.1.7.6Regulación aplicable a la judicatura y relación docencia de servicio en el área de salud
- Artículo 2.2.6.1.7.7Afiliación y cotización a los subsistemas de seguridad social en salud, pensiones y riesgos laborales en las prácticas laborales y judicatura
- Artículo 2.2.6.1.7.8Inexistencia de relación laboral
- Artículo 2.2.6.1.7.9Pago y monto de la cotización a los subsistemas de seguridad social
- Artículo 2.2.6.1.7.10Prevención en la entidad pública
- Artículo 2.2.6.1.7.11Prestaciones económicas y asistenciales
Sección 8. Fortalecimiento del recurso humano de trabajadores activos y sus beneficiarios, y fomento empresarial en el mecanismo de protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.8.1Objetivo
- Artículo 2.2.6.1.8.2Capacitación para el fortalecimiento del recurso humano para la productividad
- Artículo 2.2.6.1.8.3Lineamientos sobre la oferta
- Artículo 2.2.6.1.8.4Programas de capacitación para el fortalecimiento del recurso humano para la productividad
- Artículo 2.2.6.1.8.5Acceso a los servicios para el fomento y desarrollo empresarial
- Artículo 2.2.6.1.8.6Seguimiento a los servicios para el fomento empresarial en el marco del mecanismo de protección al cesante
- Artículo 2.2.6.1.8.7Reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.1.8.8Financiación de los servicios de fomento y desarrollo empresarial
- Artículo 2.2.6.1.8.9Vigilancia
Sección 10. Incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales
- Artículo 2.2.6.1.10.1Objeto
- Artículo 2.2.6.1.10.2Beneficiarios del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales
- Artículo 2.2.6.1.10.3Cuantía del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales
- Artículo 2.2.6.1.10.4Reglas para los beneficiarios del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales
- Artículo 2.2.6.1.10.5Envío de información necesaria para la validación de requisitos de acceso al incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales
- Artículo 2.2.6.1.10.6Procedimiento de postulación para la obtención del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales
- Artículo 2.2.6.1.10.7Temporalidad del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales
- Artículo 2.2.6.1.10.8Pago del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales
- Artículo 2.2.6.1.10.9Desistimiento, restitución, devolución y compensación del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales
- Artículo 2.2.6.1.10.10Fiscalización del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales
- Artículo 2.2.6.1.10.11Virtualidad y medios electrónicos
- Artículo 2.2.6.1.10.12Manual operativo del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales
- Artículo 2.2.6.1.10.13Tratamiento de información
Capítulo 2. Formación para el trabajo
Sección 1. Sistema de calidad de la formación para el trabajo (scaft)
- Artículo 2.2.6.2.1.1Definiciones
- Artículo 2.2.6.2.1.2Sistema de calidad de la formación para el trabajo (scaft)
- Artículo 2.2.6.2.1.3Características de la certificación de calidad de la formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.2.1.4Programas e instituciones objeto de certificación
- Artículo 2.2.6.2.1.5Condiciones para la certificación de calidad
- Artículo 2.2.6.2.1.6De los organismos de tercera parte
- Artículo 2.2.6.2.1.7Funciones de los organismos de tercera parte
- Artículo 2.2.6.2.1.8Certificación de calidad de formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.2.1.9Equivalencia de certificación para obtener los beneficios del contrato de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.2.1.10Equivalencias de los modelos de gestión de calidad
- Artículo 2.2.6.2.1.11De la contratación del sena
- Artículo 2.2.6.2.1.12De la contratación con el estado
- Artículo 2.2.6.2.1.13Del uso de la certificación de calidad de la formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.2.1.14De la participación en programas de promoción y aseguramiento
Sección 2. Normas sobre sistema de formación profesional integral que imparte el servicio nacional de aprendizaje - sena
- Artículo 2.2.6.2.2.1Autonomía de la educación no formal
- Artículo 2.2.6.2.2.2Ingreso a la educación superior
- Artículo 2.2.6.2.2.3Creación de programas para el ingreso a la educación superior
- Artículo 2.2.6.2.2.4Centros de formación profesional
Sección 3. Reentrenamiento laboral y la formación a lo largo de la vida
- Artículo 2.2.6.2.3.1Objeto
- Artículo 2.2.6.2.3.2Programa de formación a lo largo de la vida
- Artículo 2.2.6.2.3.3Ejecución
- Artículo 2.2.6.2.3.4Fuente de financiación
- Artículo 2.2.6.2.3.5Sistemas de administración
Sección 4. Unidades vocacionales de aprendizaje en empresa (uvae)
- Artículo 2.2.6.2.4.1Objeto
- Artículo 2.2.6.2.4.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.6.2.4.3Unidad vocacional de aprendizaje en empresa (uvae)
- Artículo 2.2.6.2.4.4Definiciones
- Artículo 2.2.6.2.4.5Capacitación impartida por las empresas mediante las unidades vocacionales de aprendizaje en empresa (uvae)
- Artículo 2.2.6.2.4.6Beneficiarios de la capacitación laboral
- Artículo 2.2.6.2.4.7Procesos de capacitación laboral
- Artículo 2.2.6.2.4.8Duración máxima de la capacitación laboral
- Artículo 2.2.6.2.4.9Diseño de los procesos de capacitación laboral
- Artículo 2.2.6.2.4.10Finalidad de los procesos de capacitación laboral
- Artículo 2.2.6.2.4.11Evaluación de la capacitación laboral
- Artículo 2.2.6.2.4.12Perfil de los entrenadores
- Artículo 2.2.6.2.4.13Alianzas
- Artículo 2.2.6.2.4.14Registro de las unidades vocacionales de aprendizaje en empresa (uvae)
- Artículo 2.2.6.2.4.15Verificación documental
- Artículo 2.2.6.2.4.16Inscripción en el registro
- Artículo 2.2.6.2.4.17Permanencia en el registro
- Artículo 2.2.6.2.4.18Seguimiento y evaluación
- Artículo 2.2.6.2.4.19Certificación de los procesos de capacitación laboral
- Artículo 2.2.6.2.4.20Divulgación
- Artículo 2.2.6.2.4.21Inspección, vigilancia y control
Sección 5. Equivalencia de experiencia profesional previa
- Artículo 2.2.6.2.5.1Objeto
- Artículo 2.2.6.2.5.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.6.2.5.3Requisitos para la equivalencia de experiencia profesional previa
- Artículo 2.2.6.2.5.4Procedimiento de equivalencia de experiencia profesional previa en prácticas laborales, contrato de aprendizaje, judicatura, contrato laboral o contrato de prestación de servicios
- Artículo 2.2.6.2.5.5Procedimiento de equivalencia de experiencia profesional previa en grupos de investigación
- Artículo 2.2.6.2.5.6Porcentaje de equivalencia de experiencia profesional previa
- Artículo 2.2.6.2.5.7Obligación de reconocimiento de la equivalencia de experiencia profesional previa
Sección 6. Clasificación única de ocupaciones para Colombia (cuoc)
- Artículo 2.2.6.2.6.1Objeto
- Artículo 2.2.6.2.6.2Definiciones
- Artículo 2.2.6.2.6.3Funciones del ministerio del trabajo
- Artículo 2.2.6.2.6.4Funciones del dane
- Artículo 2.2.6.2.6.5Funciones del sena
- Artículo 2.2.6.2.6.6Proveedores de información
- Artículo 2.2.6.2.6.7Usos de la clasificación única de ocupaciones para Colombia (cuoc)
- Artículo 2.2.6.2.6.8Mantenimiento
- Artículo 2.2.6.2.6.9Periodo de implementación
Capítulo 3. Prácticas laborales
Sección 1. Disposiciones generales
- Artículo 2.2.6.3.1.1Definiciones
- Artículo 2.2.6.3.1.2Prácticas laborales
- Artículo 2.2.6.3.1.3Elementos esenciales
- Artículo 2.2.6.3.1.4Edad mínima
- Artículo 2.2.6.3.1.5Horario de práctica para adolescentes
- Artículo 2.2.6.3.1.6Reporte de plazas en el servicio público de empleo
- Artículo 2.2.6.3.1.7Derechos de autor en la práctica laboral
- Artículo 2.2.6.3.1.8Obligaciones del estudiante
- Artículo 2.2.6.3.1.9Obligaciones de la institución educativa
- Artículo 2.2.6.3.1.10Obligaciones de los escenarios de práctica laboral
- Artículo 2.2.6.3.1.11Obligaciones de los supervisores de la práctica
- Artículo 2.2.6.3.1.12Medidas de prevención, protección y atención del acoso sexual en las prácticas laborales
- Artículo 2.2.6.3.1.13Practicantes extranjeros o prácticas laborales en el exterior
- Artículo 2.2.6.3.1.14Mecanismos de contratación en prácticas laborales
Sección 2. Vinculación formativa
- Artículo 2.2.6.3.2.1Vinculación formativa
- Artículo 2.2.6.3.2.2Horario de práctica
- Artículo 2.2.6.3.2.3Vinculación formativa en las entidades estatales regidas por el derecho público
- Artículo 2.2.6.3.2.4Vinculación formativa en entidades privadas y entidades estatales que se rigen por el derecho privado
- Artículo 2.2.6.3.2.5Duración
- Artículo 2.2.6.3.2.6Causales de terminación
- Artículo 2.2.6.3.2.7Régimen disciplinario
- Artículo 2.2.6.3.2.8Auxilio de práctica
- Artículo 2.2.6.3.2.9Riesgos laborales del practicante
- Artículo 2.2.6.3.2.10Interrupción de la vinculación formativa
- Artículo 2.2.6.3.2.11Exclusión de cuota de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.2.12Sistema de información de la vinculación formativa
Sección 3. Contrato de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.1Definición
- Artículo 2.2.6.3.3.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.6.3.3.3Elementos especiales
- Artículo 2.2.6.3.3.4Apoyo de sostenimiento mensual
- Artículo 2.2.6.3.3.5Fases del contrato de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.6Garantías del contrato de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.7Riesgos laborales en el contrato de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.8Reporte de accidente de trabajo y enfermedad laboral en fase lectiva
- Artículo 2.2.6.3.3.9Niveles de formación objeto del contrato de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.10Duración del contrato de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.11Alternancia de tiempo entre la etapa lectiva y productiva
- Artículo 2.2.6.3.3.12Formación dual en el contrato de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.13Exclusión o reglas especiales para regulación de la cuota de aprendices
- Artículo 2.2.6.3.3.14Forma del contrato de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.15Concurrencia de contratos
- Artículo 2.2.6.3.3.16Coexistencia de contratos
- Artículo 2.2.6.3.3.17Acuerdo de voluntades para la transferencia de aprendices del servicio nacional de aprendizaje (sena)
- Artículo 2.2.6.3.3.18Limitación a la celebración de contratos de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.19Cadena de formación
- Artículo 2.2.6.3.3.20Regímenes disciplinarios
- Artículo 2.2.6.3.3.21Reporte de avance de la formación
- Artículo 2.2.6.3.3.22Libertad sindical en el contrato de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.23Estabilidad laboral reforzada en el contrato de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.24Inclusión de aprendices en el comité paritario de seguridad y salud en el trabajo y el comité de convivencia laboral
- Artículo 2.2.6.3.3.25Prácticas y/o programas que no constituyen contratos de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.26Período de prueba
- Artículo 2.2.6.3.3.27Suspensión especial
- Artículo 2.2.6.3.3.28Efectos de la suspensión
- Artículo 2.2.6.3.3.29Terminación del contrato de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.30Justas causas de terminación del contrato de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.31Incumplimiento de la relación de aprendizaje por parte del aprendiz
- Artículo 2.2.6.3.3.32Terminación unilateral y sin justa causa
- Artículo 2.2.6.3.3.33Contrato de aprendizaje para personas en situación de discapacidad
- Artículo 2.2.6.3.3.34Reporte de los contratos de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.35Regulación de la cuota de aprendices
- Artículo 2.2.6.3.3.36Contratos de aprendizaje voluntarios
- Artículo 2.2.6.3.37Monetización de la cuota de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.38Pago de la monetización de la cuota de aprendizaje
- Artículo 2.2.6.3.3.39Incumplimiento de la cuota de aprendizaje por falta de contratación o del pago de su monetización
- Artículo 2.2.6.3.3.40Reconocimiento o autorización de cursos y programas de formación y capacitación
- Artículo 2.2.6.3.3.41Programas de capacitación para inserción laboral
- Artículo 2.2.6.3.3.42Financiación
- Artículo 2.2.6.3.3.43Gestión laboral
- Artículo 2.2.6.3.3.44Registro
- Artículo 2.2.6.3.3.45Procedimiento
- Artículo 2.2.6.3.3.46Vigilancia y control
- Artículo 2.2.6.3.3.47Empleadores obligados a vincular aprendices
- Artículo 2.2.6.3.3.48Cuota de aprendices
- Artículo 2.2.6.3.3.49Listado de oficios y ocupaciones
- Artículo 2.2.6.3.3.50Capacitación impartida por el empleador
- Artículo 2.2.6.3.3.51Criterios para el listado de oficios y ocupaciones
- Artículo 2.2.6.3.3.52Empresas donde se labora menos de la jornada máxima legal
- Artículo 2.2.6.3.3.53Apoyo de sostenimiento para determinados aprendices
- Artículo 2.2.6.3.3.54Seguros
Sección 4. Disposiciones finales
Capítulo 4. Emprendimiento - fondo emprender
- Artículo 2.2.6.4.1Definición de aprendices
- Artículo 2.2.6.4.2Criterios para la financiación de proyectos o iniciativas empresariales
- Artículo 2.2.6.4.3Órgano de decisión de financiación
- Artículo 2.2.6.4.4Recursos del fondo emprender (fe)
- Artículo 2.2.6.4.5Giro de los recursos provenientes de la cuota de monetización
- Artículo 2.2.6.4.6Sistema de manejo de los recursos
- Artículo 2.2.6.4.7Destinación de los recursos
- Artículo 2.2.6.4.8Régimen jurídico de los actos y contratos del fondo emprender (fe)
- Artículo 2.2.6.4.9Recurso humano
Capítulo 5. Servicio temporal
- Artículo 2.2.6.5.1Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.6.5.2Definición de empresa de servicios temporales
- Artículo 2.2.6.5.3Razón social
- Artículo 2.2.6.5.4Trabajadores de planta y en misión
- Artículo 2.2.6.5.5Derechos de los trabajadores en misión
- Artículo 2.2.6.5.6Casos en los cuales las empresas usuarias pueden contratar servicios con las empresas de servicios temporales
- Artículo 2.2.6.5.7Trámite de autorización
- Artículo 2.2.6.5.8Contratos entre la empresa de servicios temporales y la empresa usuaria
- Artículo 2.2.6.5.9Sucursales
- Artículo 2.2.6.5.10Prohibiciones
- Artículo 2.2.6.5.11Constitución de póliza de garantía
- Artículo 2.2.6.5.12Afiliación de trabajadores al sistema de seguridad social integral
- Artículo 2.2.6.5.13Información sobre afiliación y pago de aportes al sistema de seguridad social integral de trabajadores en misión
- Artículo 2.2.6.5.14Seguridad y salud en el trabajo
- Artículo 2.2.6.5.15Informes estadísticos
- Artículo 2.2.6.5.16Informe de reformas estatutarias
- Artículo 2.2.6.5.17Póliza de garantía
- Artículo 2.2.6.5.18Efectividad de la póliza de garantía
- Artículo 2.2.6.5.19Funciones
- Artículo 2.2.6.5.20Multas
- Artículo 2.2.6.5.21Suspensión de la autorización de funcionamiento
- Artículo 2.2.6.5.22Cancelación de la autorización de funcionamiento
- Artículo 2.2.6.5.23Informe sobre evasión y elusión
Capítulo 6. Exclusión de aportes al régimen del subsidio familiar, servicio nacional de aprendizaje, (sena), e instituto colombiano de bienestar familiar, (icbf)
- Artículo 2.2.6.6.1Objeto
- Artículo 2.2.6.6.2Acreditación de condiciones de los trabajadores adicionales
- Artículo 2.2.6.6.3Acreditación de condiciones de las empresas beneficiarias
- Artículo 2.2.6.6.4Aplicación del beneficio de exclusión de aportes
- Artículo 2.2.6.6.5Registro y procedimiento para la exclusión en el pago de aportes
- Artículo 2.2.6.6.6Efectos del beneficio de la exclusión del pago de aportes
- Artículo 2.2.6.6.7Verificación de las condiciones y requisitos para la exclusión del pago aportes
- Artículo 2.2.6.6.8Supervisión y control
Sección 1. Incentivo para la generación de empleo - no aporte a cajas de compensación familiar
- Artículo 2.2.6.6.1.1Objeto
- Artículo 2.2.6.6.1.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.6.6.1.3Requisitos para acceder al beneficio
- Artículo 2.2.6.6.1.4Financiación de los beneficios del sistema de subsidio familiar otorgados al veterano trabajador dependiente por el cual el empleador no hace su aporte
- Artículo 2.2.6.6.1.5Adecuación de los formularios y sistemas de información
- Artículo 2.2.6.6.1.6Pérdida de los beneficios
- Artículo 2.2.6.6.1.7Exclusión de la aplicación de los beneficios
- Artículo 2.2.6.6.1.8Vigilancia y control a la elusión y evasión
Capítulo 7. Equidad de género en el empleo
- Artículo 2.2.6.7.1Objeto
- Artículo 2.2.6.7.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.6.7.3Acciones
- Artículo 2.2.6.7.4Inspección, vigilancia y control
- Artículo 2.2.6.7.5Seguimiento
Capítulo 8. Migración laboral
Sección 1. Afiliación de colombianos en el exterior
- Artículo 2.2.6.8.1.1Afiliación al sistema de subsidio familiar
- Artículo 2.2.6.8.1.2Condiciones de la afiliación al sistema de subsidio familiar de los colombianos residentes en el exterior
- Artículo 2.2.6.8.1.3Prestaciones reconocidas por el sistema de subsidio familiar
- Artículo 2.2.6.8.1.4Mecanismo para el pago de aportes por los colombianos residentes en el exterior
- Artículo 2.2.6.8.1.5Programas especiales para los afiliados
- Artículo 2.2.6.8.1.6Promoción de la afiliación
- Artículo 2.2.6.8.1.7Programas especiales de acogida
Sección 2. Instrumento andino de migración laboral
- Artículo 2.2.6.8.2.1Objeto
- Artículo 2.2.6.8.2.2Acciones del ministerio del trabajo
- Artículo 2.2.6.8.2.3Guía para la implementación de la decisión 545 de la comunidad andina - "instrumento andino de migración laboral"
Sección 3. Permiso especial de permanencia para el fomento de la formalización (pepff)
- Artículo 2.2.6.8.3.1Permiso especial de permanencia para el fomento de la formalización (pepff)
- Artículo 2.2.6.8.3.2Condiciones
- Artículo 2.2.6.8.3.3Presentación de la solicitud
- Artículo 2.2.6.8.3.4Requisitos de la solicitud
- Artículo 2.2.6.8.3.5Validación por parte del ministerio del trabajo
- Artículo 2.2.6.8.3.6Validación por parte de la unidad administrativa especial migración Colombia
- Artículo 2.2.6.8.3.7Expedición
- Artículo 2.2.6.8.3.8Vigencia del permiso especial de permanencia para el fomento de la formalización (pepff)
- Artículo 2.2.6.8.3.9Actividades autorizadas
- Artículo 2.2.6.8.3.10Reporte en los sistemas de información para extranjeros
- Artículo 2.2.6.8.3.11Uso del permiso especial de permanencia para el fomento de la formalización (pepff)
- Artículo 2.2.6.8.3.12Cancelación
- Artículo 2.2.6.8.3.13Instructivo
- Artículo 2.2.6.8.3.14Inspección, vigilancia y control
Capítulo 9. El subsistema de formación para el trabajo (sft) y su aseguramiento de la calidad (acft)
Sección 1. Disposiciones generales
Sección 2. Disposiciones del subsistema de formación para el trabajo como una vía de cualificación y su aseguramiento de la calidad sft - acft
- Artículo 2.2.6.9.2.1Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.6.9.2.2Subsistema de formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.2.3Aseguramiento de la calidad del subsistema de formación para el trabajo (acft)
- Artículo 2.2.6.9.2.4Objetivos del subsistema de formación para el trabajo y su aseguramiento de la calidad
- Artículo 2.2.6.9.2.5Articulación del subsistema de formación para el trabajo y su aseguramiento de la calidad con el sistema nacional de cualificaciones (snc)
- Artículo 2.2.6.9.2.6Articulación del subsistema de formación para el trabajo y su aseguramiento de la calidad con el marco nacional de cualificaciones (mnc)
- Artículo 2.2.6.9.2.7Niveles de la oferta de programas del subsistema de formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.2.8Denominaciones
- Artículo 2.2.6.9.2.9Requisitos de ingreso a los programas del subsistema de formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.2.10Modalidades de la oferta de los programas de formación del subsistema de formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.2.11Cualificaciones reconocidas mediante certificados en el subsistema de formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.2.12Certificados del subsistema de formación para el trabajo (sft)
Sección 3. Normas específicas del subsistema de formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.9.3.1Fines de la oferta y los programas del subsistema de formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.3.2Principios del subsistema de formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.3.3Oferta de programas del subsistema de formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.3.4Investigación e innovación en el subsistema de formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.3.5Fomento al crecimiento y desarrollo de los programas del subsistema de formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.3.6Fomento al emprendimiento
- Artículo 2.2.6.9.3.7Rectoría del subsistema de formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.9.3.8Comité consultivo del subsistema de formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.3.9Integración
- Artículo 2.2.6.9.3.10Funciones del comité consultivo del subsistema de formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.9.3.11Secretaría técnica
- Artículo 2.2.6.9.3.12Funciones de la secretaría técnica del comité consultivo del subsistema de formación para el trabajo
Sección 4. Normas específicas del aseguramiento de la calidad del subsistema de formación para el trabajo (acft)
- Artículo 2.2.6.9.4.1Principios del aseguramiento de la calidad del subsistema de formación para el trabajo (acft)
- Artículo 2.2.6.9.4.2Condiciones para ofertar programas de formación del subsistema de formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.4.3Referentes obligatorios de los programas de formación del subsistema de formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.9.4.4Componentes del aseguramiento de calidad de la formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.9.4.5Habilitación de las instituciones oferentes de programas del subsistema de formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.4.6Condiciones habilitantes para ofertar programas del subsistema de la formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.9.4.7Condiciones habilitantes para ofertar programas del subsistema de la formación para el trabajo (sft) en los niveles 5, 6 y 7
- Artículo 2.2.6.9.4.8Procedimiento para la habilitación de la oferta de programas del subsistema de formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.9.4.9Certificación de calidad de los programas de formación del subsistema de la formación para el trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.4.10Indicadores de calidad de los programas de formación del subsistema de la formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.9.4.11Índice sintético de la calidad de los programas de
- Artículo 2.2.6.9.4.12Procedimiento dé la certificación de calidad de los programas del subsistema de formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.9.4.13Institucionalidad del aseguramiento de la calidad del subsistema de formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.9.4.14Integración del comité consultivo del aseguramiento de la calidad de la formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.9.4.15Funciones del comité consultivo del aseguramiento de la calidad de la formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.9.4.16Secretaría técnica del comité consultivo del aseguramiento de la calidad de la formación para el trabajo
- Artículo 2.2.6.9.4.17Funciones de la secretaría técnica
- Artículo 2.2.6.9.4.18Operación del aseguramiento de la calidad de la oferta de los programas del subsistema de formación para et trabajo (sft)
- Artículo 2.2.6.9.4.19Costos
- Artículo 2.2.6.9.4.20Inspección, vigilancia y control
Capítulo 10. El subsistema de normalización de competencias
Sección 1. Disposiciones generales
- Artículo 2.2.6.10.1.1Objeto
- Artículo 2.2.6.10.1.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.6.10.1.3Definiciones
- Artículo 2.2.6.10.1.4Finalidad del subsistema de normalización de competencias (ssnc)
Sección 2. Disposiciones del subsistema de normalización de competencias (ssnc)
- Artículo 2.2.6.10.2.1Subsistema de normalización de competencias (ssnc)
- Artículo 2.2.6.10.2.2Objetivos del subsistema de normalización de competencias (ssnc)
- Artículo 2.2.6.10.2.3Articulación del subsistema de normalización de competencias (sssnc), con el sistema nacional de cualificaciones (snc)
- Artículo 2.2.6.10.2.4Ruta de normalización de competencias
Sección 3. Especificaciones del subsistema de normalización de competencias
- Artículo 2.2.6.10.3.1Principios del subsistema de normalización
- Artículo 2.2.6.10.3.2Rectoría del subsistema de normalización de competencias (ssnc)
- Artículo 2.2.6.10.3.3Funciones de la rectoría del subsistema de normalización de competencias (ssnc)
- Artículo 2.2.6.10.3.4Comité consultivo de normalización de competencias
- Artículo 2.2.6.10.3.5Integración
- Artículo 2.2.6.10.3.6Funciones del comité consultivo del subsistema de normalización de competencias (ssnc)
- Artículo 2.2.6.10.3.7Secretaría técnica
- Artículo 2.2.6.10.3.8Funciones de la secretaría técnica del subsistema de normalización de competencias (ssnc)
- Artículo 2.2.6.10.3.9Unidades de normalización de competencias
- Artículo 2.2.6.10.3.10Finalidad y componentes de las normas de competencia
- Artículo 2.2.6.10.3.11Calidad del subsistema de normalización de competencias (ssnc)
- Artículo 2.2.6.10.3.12Criterios de calidad
- Artículo 2.2.6.10.3.13Actualización de las normas de competencia
Capítulo 11. El reconocimiento de aprendizajes previos (rap) como vía de cualificación en el marco del sistema nacional de cualificaciones (snc)
Sección 1. Disposiciones generales del reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.1.1Objeto
- Artículo 2.2.6.11.1.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.6.11.1.3Rectoría del reconocimiento de aprendizajes previos (rap) y del subsistema de evaluación y certificación de competencias
- Artículo 2.2.6.11.1.4Definiciones
Sección 2. Disposiciones específicas del reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.2.1Finalidad
- Artículo 2.2.6.11.2.2El reconocimiento de aprendizajes previos (rap) como un servicio gratuito
- Artículo 2.2.6.11.2.3Principios del reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.2.4Objetivos del reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.2.5Armonización del reconocimiento de aprendizajes previos (rap) con el sistema nacional de cualificaciones (snc)
- Artículo 2.2.6.11.2.6Referentes para el reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.2.7Mecanismos para el reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.2.8Lineamientos operativos
- Artículo 2.2.6.11.2.9Contenido de los documentos que se otorgan a través de los mecanismos de reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.2.10Validez de los documentos otorgados a través de los mecanismos de reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.2.11Oferentes de los mecanismos para el reconocimiento de aprendizajes previos (rap) en el marco del sistema nacional de cualificaciones
Sección 3. Requisitos y condiciones para la habilitación de los oferentes, aseguramiento y garantía de la calidad del reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.3.1Sistema de aseguramiento y garantía de la calidad del reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.3.2Principios del sistema de aseguramiento y garantía de calidad del reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.3.3Mecanismos de reconocimiento de aprendizajes previos (rap) objeto de habilitación
- Artículo 2.2.6.11.3.4Requisitos y condiciones para las entidades interesadas en la habilitación
- Artículo 2.2.6.11.3.5Vigencia de la habilitación
- Artículo 2.2.6.11.3.6Seguimiento al cumplimiento de requisitos de habilitación de las entidades encargadas de implementar los mecanismos de reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.3.7Cancelación de la habilitación de las entidades encargadas de implementar los mecanismos 1 y 2 de reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.3.8Indicadores de calidad del reconocimiento de aprendizajes previos (rap)
- Artículo 2.2.6.11.3.9Divulgación en medios institucionales
Sección 4. Subsistema de evaluación y certificación de competencias (secc) como parte de la vía de reconocimiento de aprendizajes previos (rap) del sistema nacional de cualificaciones
- Artículo 2.2.6.11.4.1Subsistema de evaluación y certificación de competencias (secc)
- Artículo 2.2.6.11.4.2Objetivos
- Artículo 2.2.6.11.4.3Principios
- Artículo 2.2.6.11.4.4Procedimiento de evaluación y certificación de competencias
- Artículo 2.2.6.11.4.5Oferta de la evaluación y certificación de competencias por parte de entidades públicas
- Artículo 2.2.6.11.4.6Involucramiento del sector productivo
Sección 5. Instancias del reconocimiento de aprendizajes previos (rap) y del subsistema de evaluación y certificación de competencias
- Artículo 2.2.6.11.5.1Comité asesor para el reconocimiento de aprendizajes previos (carap)
- Artículo 2.2.6.11.5.2Integrantes del comité asesor para el reconocimiento de aprendizajes previos (carap)
- Artículo 2.2.6.11.5.3Funciones del comité asesor para el reconocimiento de aprendizajes previos (carap)
- Artículo 2.2.6.11.5.4Sesiones y votación del comité asesor para el reconocimiento de aprendizajes previos (carap)
- Artículo 2.2.6.11.5.5Secretaría técnica del comité asesor para el reconocimiento de aprendizajes previos (carap)
- Artículo 2.2.6.11.5.6Funciones de la secretaría técnica del comité asesor para el reconocimiento de aprendizajes previos (carap)
Título 7. Subsidio familiar
Capítulo 1. Constitución, órganos de administración y revisoría fiscal de las cajas de compensación familiar
Sección 1. Constitución
- Artículo 2.2.7.1.1.1Constitución de cajas de compensación familiar
- Artículo 2.2.7.1.1.2Reconocimiento de personería jurídica
- Artículo 2.2.7.1.1.3Estudio de factibilidad
- Artículo 2.2.7.1.1.4Estudio de la solicitud
- Artículo 2.2.7.1.1.5Vigencia y efectos del reconocimiento de personería jurídica
- Artículo 2.2.7.1.1.6Convocatoria a la asamblea para la elección de miembros del consejo directivo y revisor fiscal
- Artículo 2.2.7.1.1.7Dirección de las cajas de compensación familiar
Sección 2. Asamblea general
- Artículo 2.2.7.1.2.1La asamblea general
- Artículo 2.2.7.1.2.2Reuniones de la asamblea general
- Artículo 2.2.7.1.2.3Convocatoria de la asamblea general
- Artículo 2.2.7.1.2.4Información de la convocatoria
- Artículo 2.2.7.1.2.5Convocatoria de las asambleas ordinarias
- Artículo 2.2.7.1.2.6Asuntos de la asamblea ordinaria
- Artículo 2.2.7.1.2.7Las actas de la asamblea general
- Artículo 2.2.7.1.2.8Del libro de actas y las copias de las mismas
- Artículo 2.2.7.1.2.9Reuniones extraordinarias de la asamblea
- Artículo 2.2.7.1.2.10Reunión extraordinaria convocada por el superintendente
- Artículo 2.2.7.1.2.11Decisiones de la asamblea
- Artículo 2.2.7.1.2.12Quórum
- Artículo 2.2.7.1.2.13Incumplimiento del quórum
- Artículo 2.2.7.1.2.14Derecho de voto
- Artículo 2.2.7.1.2.15Obligatoriedad de las decisiones de la asamblea
- Artículo 2.2.7.1.2.16Invalidez de las decisiones de la asamblea
- Artículo 2.2.7.1.2.17Representación mediante poderes
- Artículo 2.2.7.1.2.18De la calidad de afiliado hábil
- Artículo 2.2.7.1.2.19Objeción de las decisiones
Sección 3. Consejo directivo
- Artículo 2.2.7.1.3.1Elección de consejeros
- Artículo 2.2.7.1.3.2Preferencia en la elección de consejeros
- Artículo 2.2.7.1.3.3Inscripción de listas para la elección de consejo directivo
- Artículo 2.2.7.1.3.4Periodo del consejo directivo
- Artículo 2.2.7.1.3.5Vacancia de miembros del consejo directivo
- Artículo 2.2.7.1.3.6Vacancia de la representación de los empleadores afiliados
- Artículo 2.2.7.1.3.7Objeto de la representación
- Artículo 2.2.7.1.3.8Intereses de la representación
- Artículo 2.2.7.1.3.9Legitimidad en la representación
- Artículo 2.2.7.1.3.10Inhabilidades e incompatibilidades
- Artículo 2.2.7.1.3.11Prohibición de pertenecer a más de un consejo
- Artículo 2.2.7.1.3.12Pérdida de la calidad de representantes
- Artículo 2.2.7.1.3.13Los consejeros suplentes
- Artículo 2.2.7.1.3.14Prohibición de parentesco
Sección 4. Revisión fiscal
- Artículo 2.2.7.1.4.1Informe del revisor fiscal
- Artículo 2.2.7.1.4.2Informe sobre los estados financieros
Capítulo 2. Afiliación a las cajas de compensación familiar
Sección 1. Clasificación de afiliados y aspectos generales sobre la afiliación al régimen del subsidio familiar
- Artículo 2.2.7.2.1.1Afiliados al régimen del subsidio familiar
- Artículo 2.2.7.2.1.2Clasificación de los afiliados al régimen del subsidio familiar
- Artículo 2.2.7.2.1.3Empleadores afiliados
- Artículo 2.2.7.2.1.4Publicación de los requisitos de afiliación
- Artículo 2.2.7.2.1.5Prohibición de competencia desleal
- Artículo 2.2.7.2.1.6Afiliados
- Artículo 2.2.7.2.1.7Territorialidad de las cajas de compensación
- Artículo 2.2.7.2.1.8Determinación caja de compensación más cercana
Sección 2. De la afiliación de los trabajadores
- Artículo 2.2.7.2.2.1Afiliados a cajas de compensación familiar
- Artículo 2.2.7.2.2.2Obligaciones de los empleadores sobre afiliación
- Artículo 2.2.7.2.2.3Obligaciones de las cajas para expedir carné de afiliación
- Artículo 2.2.7.2.2.4Efectos del carné de afiliación
- Artículo 2.2.7.2.2.5Contenido del carné de afiliación
- Artículo 2.2.7.2.2.6Renovación del carné de afiliación
- Artículo 2.2.7.2.2.7Prórroga automática del carné de afiliación
- Artículo 2.2.7.2.2.8Indebida o fraudulenta utilización del carné de afiliación
Sección 3. De la desafiliación
- Artículo 2.2.7.2.3.1Desafiliación a las cajas de compensación
- Artículo 2.2.7.2.3.2Suspensión del afiliado
- Artículo 2.2.7.2.3.3Pérdida de la calidad de afiliado
- Artículo 2.2.7.2.3.4Pago de aportes adeudados
- Artículo 2.2.7.2.3.5Nómina de salarios
- Artículo 2.2.7.2.3.6Trámite judicial para el cumplimiento de las obligaciones
- Artículo 2.2.7.2.3.7Factor para la liquidación de aportes
Capítulo 3. Afiliación de poblaciones especiales a las cajas de compensación familiar
Sección 1. Afiliación servicio doméstico
- Artículo 2.2.7.3.1.1Afiliación de empleadores de servicio doméstico
- Artículo 2.2.7.3.1.2Afiliación de trabajadores del servicio doméstico
- Artículo 2.2.7.3.1.3Afiliación cuando existen varios empleadores
- Artículo 2.2.7.3.1.4Declaración y pago de aportes por conducto de la planilla integrada de liquidación de aportes
- Artículo 2.2.7.3.1.5Base para la liquidación de aportes al sistema de compensación familiar
- Artículo 2.2.7.3.1.6Cotización al sistema de compensación familiar
- Artículo 2.2.7.3.1.7Derechos y beneficios de los trabajadores del servicio doméstico
- Artículo 2.2.7.3.1.8Acceso a programas ofrecidos por las cajas de compensación familiar
- Artículo 2.2.7.3.1.9Coordinación en programas de seguridad y salud en el trabajo
- Artículo 2.2.7.3.1.10Inspección, vigilancia y control
- Artículo 2.2.7.3.1.11Condición para la aplicación del régimen contenido en el artículo 332 del estatuto tributario
- Artículo 2.2.7.3.1.12Obligación especial de la unidad de gestión de pagos pensiones y contribuciones parafiscales (ugpp)
Sección 2. Afiliación de los pensionados
- Artículo 2.2.7.3.2.1Objeto
- Artículo 2.2.7.3.2.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.7.3.2.3Afiliación
- Artículo 2.2.7.3.2.4Permanencia de la afiliación y novedades
- Artículo 2.2.7.3.2.5Obligaciones de las entidades pagadoras de pensiones
- Artículo 2.2.7.3.2.6Promoción de la afiliación
- Artículo 2.2.7.3.2.7Documentación para acreditarla condición de pensionado
- Artículo 2.2.7.3.2.8Identificación del afiliado
- Artículo 2.2.7.3.2.9Condiciones de los servicios para pensionados con mesada de hasta uno y medio (1.5)
- Artículo 2.2.7.3.2.10Recursos para la atención de los servicios para pensionados con mesada de hasta uno y medio (1.5)
- Artículo 2.2.7.3.2.11Aportes voluntarios de los pensionados con mesadas de hasta uno y medio (1.5) SMLMV para acceder a los servicios distintos de recreación, deporte y cultura
- Artículo 2.2.7.3.2.12Aporte para la afiliación voluntaria de pensionados con mesadas superiores a uno y medio (1.5) SMLMV
- Artículo 2.2.7.3.2.13Tarifas
Capítulo 4. Tarifas, beneficiarios y servicios de las cajas de compensación familiar
Sección 1. Categorías tarifarias
- Artículo 2.2.7.4.1.1Categorías tarifarias para los servicios sociales de las cajas de compensación familiar
- Artículo 2.2.7.4.1.2Aplicación de categorías tarifarias para trabajadores dependientes del régimen especial de aportes
- Artículo 2.2.7.4.1.3Aplicación de categorías tarifarias para trabajadores independientes del régimen de afiliación voluntaria para expansión de servicios sociales
- Artículo 2.2.7.4.1.4Aplicación de categorías tarifarias para desempleados
- Artículo 2.2.7.4.1.5Aplicación de categorías tarifarias para pensionados
Sección 2. De la calidad de beneficiario del subsidio familiar y de las personas a cargo
- Artículo 2.2.7.4.2.1Subsidios en especie
- Artículo 2.2.7.4.2.2Parentesco y convivencia
- Artículo 2.2.7.4.2.3Límite de remuneración
- Artículo 2.2.7.4.2.4Jornada fija diaria
- Artículo 2.2.7.4.2.5Del pago del valor adicional a los trabajadores del sector agropecuario
Sección 3. Programas sociales
- Artículo 2.2.7.4.3.1Campo de aplicación de los programas sociales
- Artículo 2.2.7.4.3.2Objeto de los programas sociales
- Artículo 2.2.7.4.3.3Administración de los programas sociales
- Artículo 2.2.7.4.3.4Criterios para el establecimiento de los programas sociales
Sección 4. Modalidades de pago del subsidio en servicios
- Artículo 2.2.7.4.4.1Modalidades para la prestación de los servicios de salud
- Artículo 2.2.7.4.4.2Finalidades de los servicios de salud
- Artículo 2.2.7.4.4.3Los servicios sociales de nutrición y mercadeo
- Artículo 2.2.7.4.4.4Actividad de mercadeo
- Artículo 2.2.7.4.4.5Requisitos para adelantar actividades de mercadeo
- Artículo 2.2.7.4.4.6No autorización para recaudo de parafiscales
- Artículo 2.2.7.4.4.7Régimen de transparencia
- Artículo 2.2.7.4.4.8Inspección, vigilancia y control
- Artículo 2.2.7.4.4.9Mercadeo de las cajas de compensación familiar
- Artículo 2.2.7.4.4.10Los programas de educación
- Artículo 2.2.7.4.4.11Los programas sociales de vivienda
- Artículo 2.2.7.4.4.12Los servicios de crédito de fomento
- Artículo 2.2.7.4.4.13Los servicios de recreación social
- Artículo 2.2.7.4.4.14Programas especiales de vacaciones
- Artículo 2.2.7.4.4.15Reglamentación de la utilización de los servicios sociales
- Artículo 2.2.7.4.4.16Programas de educación básica y media
- Artículo 2.2.7.4.4.17Destinación de recursos para los programas de educación básica y media
- Artículo 2.2.7.4.4.18Destinatarios del subsidio familiar en especie para los programas de educación básica y media
- Artículo 2.2.7.4.4.19Modalidades de los programas de educación básica y media
- Artículo 2.2.7.4.4.20Inspección y vigilancia de los programas de educación básica y media
- Artículo 2.2.7.4.4.21Objeto
- Artículo 2.2.7.4.4.22Fuente de recursos
- Artículo 2.2.7.4.4.23Instituciones técnicas profesionales, instituciones tecnológicas, instituciones universitarias o escuelas tecnológicas beneficiarias del fortalecimiento
- Artículo 2.2.7.4.4.24Instituciones de educación para el trabajo y el desarrollo humano beneficiarias del fortalecimiento
- Artículo 2.2.7.4.4.25Uso de los recursos
- Artículo 2.2.7.4.4.26Vigilancia y control de los recursos
Sección 5. Modalidades de pago del subsidio en especie
- Artículo 2.2.7.4.5.1El subsidio familiar en especie
- Artículo 2.2.7.4.5.2Forma de reconocimiento del subsidio familiar en especie
- Artículo 2.2.7.4.5.3Modalidades del subsidio en especie
- Artículo 2.2.7.4.5.4Igualdad en los subsidios en especie
Capítulo 5. Recursos, inversiones y presupuesto de las cajas de compensación familiar
Sección 1. Activos
- Artículo 2.2.7.5.1.1Depreciación de activos fijos
- Artículo 2.2.7.5.1.2Destinación activos fijos
- Artículo 2.2.7.5.1.3Adquisición de activos fijos
- Artículo 2.2.7.5.1.4Sanciones
- Artículo 2.2.7.5.1.5Apropiaciones de rendimientos y productos líquidos
Sección 2. De la reserva legal
Sección 3. Inversiones
- Artículo 2.2.7.5.3.1Objeto
- Artículo 2.2.7.5.3.2Afectación de los recursos administrados por las cajas de compensación familiar
- Artículo 2.2.7.5.3.3Régimen de autorización para planes, programas y proyectos de inversión en obras o servicios sociales
- Artículo 2.2.7.5.3.4Autorización previa para planes, programas y proyectos de inversión en obras o servicios sociales
- Artículo 2.2.7.5.3.5Control sobre los planes, programas y proyectos de inversión para obras o servicios sociales
- Artículo 2.2.7.5.3.6Permisos, licencias o autorizaciones para la ejecución de los planes, programas y proyectos de inversión para obras o servicios sociales
- Artículo 2.2.7.5.3.7De los recursos para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de inversión para obras o servicios sociales
- Artículo 2.2.7.5.3.8Del manejo de los recursos provenientes de los aportes para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de inversión para obras o servicios sociales
- Artículo 2.2.7.5.3.9Intervención de la superintendencia del subsidio familiar en relación con los recursos para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de inversión para obras o servicios sociales
- Artículo 2.2.7.5.3.10Solicitud para la aprobación de planes y programas de inversión y servicios sociales
- Artículo 2.2.7.5.3.11Negociación de inmuebles
- Artículo 2.2.7.5.3.12Estudio de la solicitud de programas de inversión
- Artículo 2.2.7.5.3.13De los recursos originados en fuentes diferentes a los aportes obligatorios
Sección 4. Presupuestos de las cajas de compensación familiar
- Artículo 2.2.7.5.4.1Presupuesto de las cajas de compensación familiar
- Artículo 2.2.7.5.4.2Programas y proyectos de inversión e incorporación al presupuesto
Sección 5. Control a la evasión y régimen de transparencia
- Artículo 2.2.7.5.5.1Acuerdos de pago
- Artículo 2.2.7.5.5.2Régimen de transparencia
- Artículo 2.2.7.5.5.3Operaciones no representativas
Capítulo 6. Fondo para la atención integral de la niñez y la jornada escolar complementaria (foniñez)
- Artículo 2.2.7.6.1Fondo para la atención integral de la niñez y jornada escolar complementaria, foniñez
- Artículo 2.2.7.6.2Beneficiarios
- Artículo 2.2.7.6.3Objetivo general de los programas de foniñez
- Artículo 2.2.7.6.4Objetivos de los programas de atención integral a la primera infancia
- Artículo 2.2.7.6.5Objetivos del programa jornada escolar complementaria
- Artículo 2.2.7.6.6Asistencia técnica para el desarrollo de programas y servicios con cargo a los recursos del foniñez
- Artículo 2.2.7.6.7Planes operativos para la ejecución de los recursos del foniñez
- Artículo 2.2.7.6.8Convenios
- Artículo 2.2.7.6.9Inspección, vigilancia y control
- Artículo 2.2.7.6.10Periodo de transición
Capítulo 7. Control de la superintendencia del subsidio familiar
- Artículo 2.2.7.7.1Inspección, vigilancia y control
- Artículo 2.2.7.7.2Facultades de la superintendencia del subsidio familiar en el régimen de transparencia
- Artículo 2.2.7.7.3Control administrativo, financiero y contable
- Artículo 2.2.7.7.4Visitas de la superintendencia de subsidio familiar
- Artículo 2.2.7.7.5Visitas ordinarias
- Artículo 2.2.7.7.6Visitas de oficio o a petición de parte
- Artículo 2.2.7.7.7Orden para practicar las visitas
- Artículo 2.2.7.7.8Documentos base de orden de visita a petición de parte
- Artículo 2.2.7.7.9Comisión de visitadores
- Artículo 2.2.7.7.10Práctica de las visitas
- Artículo 2.2.7.7.11Objeto de las visitas
- Artículo 2.2.7.7.12Solicitud formal de documentos
- Artículo 2.2.7.7.13Acta de las visitas
- Artículo 2.2.7.7.14Informe de las visitas
- Artículo 2.2.7.7.15Apertura de pliego de cargos
- Artículo 2.2.7.7.16Informe evaluativo
- Artículo 2.2.7.7.17Casos de grave violación
- Artículo 2.2.7.7.18Intervención
- Artículo 2.2.7.7.19Levantamiento de la intervención
- Artículo 2.2.7.7.20Suspensión o cancelación de personería jurídica
- Artículo 2.2.7.7.21Motivación de las decisiones
- Artículo 2.2.7.7.22Obligaciones generales
Título 8. Asociatividad social y solidaria
Capítulo 1. Formas asociativas de economía solidaria
- Artículo 2.2.8.1.1Campo de aplicación
- Artículo 2.2.8.1.2Objeto.- el
- Artículo 2.2.8.1.3Naturaleza de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado
- Artículo 2.2.8.1.4Número de asociados para su Constitución
- Artículo 2.2.8.1.5Objeto social de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado
- Artículo 2.2.8.1.6Condiciones para contratar con terceros
- Artículo 2.2.8.1.7De los medios de producción y/o de labor de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado
- Artículo 2.2.8.1.8Plazo para adecuar los estatutos y regímenes
- Artículo 2.2.8.1.9Trabajo asociado cooperativo
- Artículo 2.2.8.1.10Acuerdo cooperativo de trabajo asociado
- Artículo 2.2.8.1.11Actos cooperativos
- Artículo 2.2.8.1.12Naturaleza especial y regulación de la relación entre los asociados y la cooperativa
- Artículo 2.2.8.1.13Condición especial para ser trabajador asociado
- Artículo 2.2.8.1.14Excepciones al trabajo asociado
- Artículo 2.2.8.1.15Desnaturalización del trabajo asociado
- Artículo 2.2.8.1.16Prohibición para actuar como intermediario o empresa de servicios temporales
- Artículo 2.2.8.1.17Prohibición para quienes contraten con las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado
- Artículo 2.2.8.1.18Prohibición de actuar como entidades de afiliación colectiva
- Artículo 2.2.8.1.19Prohibición para cooperativas diferentes a las de trabajo asociado
- Artículo 2.2.8.1.20Prohibición para las entidades promotoras de precooperativas
- Artículo 2.2.8.1.21Obligatoriedad y autorización
- Artículo 2.2.8.1.22Obligación de los asociados de acatar el régimen de trabajo y de compensaciones
- Artículo 2.2.8.1.23Contenido del régimen de trabajo asociado
- Artículo 2.2.8.1.24Régimen de compensaciones
- Artículo 2.2.8.1.25Responsabilidad de las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado frente al sistema de seguridad social integral
- Artículo 2.2.8.1.26Afiliación e ingreso base de cotización en materia de salud, pensiones y riesgos laborales
- Artículo 2.2.8.1.27Presupuesto de recursos para la seguridad social integral
- Artículo 2.2.8.1.28Pago de la cotización en materia de salud, pensiones y riesgos laborales
- Artículo 2.2.8.1.29Trámites administrativos de afiliación
- Artículo 2.2.8.1.30Participación de las cooperativas en los sistemas de información del sistema de seguridad social integral
- Artículo 2.2.8.1.31Información a terceros sobre afiliación y pago de aportes al sistema de seguridad social integral respecto de trabajadores asociados
- Artículo 2.2.8.1.32Control concurrente
- Artículo 2.2.8.1.33Control de prácticas no autorizadas o prohibidas
- Artículo 2.2.8.1.34Multas
- Artículo 2.2.8.1.35Sanción para usuarios o terceros beneficiarios del trabajo prestado por las cooperativas de trabajo asociado
- Artículo 2.2.8.1.36Sistema de información
- Artículo 2.2.8.1.37Formas de solución de conflictos de trabajo
- Artículo 2.2.8.1.38Compensación ordinaria
- Artículo 2.2.8.1.39Compensación extraordinaria
- Artículo 2.2.8.1.40Excepción al pago de contribuciones especiales
- Artículo 2.2.8.1.41Intermediación laboral
- Artículo 2.2.8.1.42Prohibición de contratar procesos o actividades misiones con cooperativas o precooperativassin texto vigente
- Artículo 2.2.8.1.43Conductas que merecen sancionessin texto vigente
- Artículo 2.2.8.1.44Sanciones
- Artículo 2.2.8.1.45Multas en casos de afiliación para seguridad social
- Artículo 2.2.8.1.46Destinación de multas al sena
- Artículo 2.2.8.1.47Falta grave para servidores públicos
- Artículo 2.2.8.1.48Retribución a trabajadores no asociados
- Artículo 2.2.8.1.49Parámetros para la imposición de multassin texto vigente
- Artículo 2.2.8.1.50Reducción de sancionessin texto vigente
Capítulo 2. Empresas asociativas de trabajo
- Artículo 2.2.8.2.1Alcance
- Artículo 2.2.8.2.2Número de socios
- Artículo 2.2.8.2.3Razón social
- Artículo 2.2.8.2.4Personería jurídica
- Artículo 2.2.8.2.5Registro
- Artículo 2.2.8.2.6Aportes
- Artículo 2.2.8.2.7Arrendamiento de bienes
- Artículo 2.2.8.2.8Reservas
- Artículo 2.2.8.2.9Utilidad líquida
- Artículo 2.2.8.2.10Disolución
- Artículo 2.2.8.2.11Liquidación
- Artículo 2.2.8.2.12Régimen tributario
- Artículo 2.2.8.2.13Avances
- Artículo 2.2.8.2.14Nombramientos y reformas
- Artículo 2.2.8.2.15Responsabilidad
- Artículo 2.2.8.2.16Capacitación
- Artículo 2.2.8.2.17Plan operativo
- Artículo 2.2.8.2.18Apoyo en capacitación por otras entidades
- Artículo 2.2.8.2.19Promoción
- Artículo 2.2.8.2.20Crédito y financiación
- Artículo 2.2.8.2.21Sistema de información
- Artículo 2.2.8.2.22Vigilancia y control
- Artículo 2.2.8.2.23Prohibiciones
- Artículo 2.2.8.2.24Sanciones
- Artículo 2.2.8.2.25Aplicación de las sanciones
Capítulo 3. Prestación de servicios de las cajas de compensación familiar a cooperativas y precooperativas de trabajo asociado
- Artículo 2.2.8.3.1Procedimiento que deben cumplir las cajas de compensación familiar para ofrecer a las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado sus servicios
- Artículo 2.2.8.3.2Requisitos que deben exigirse a las cooperativas y precooperativas de trabajo asociado para afiliarse a las cajas de compensación familiar
- Artículo 2.2.8.3.3Cobertura
- Artículo 2.2.8.3.4Beneficios.ulo 2.2.8.3.4. Beneficios
- Artículo 2.2.8.3.5Pago de aportes.ulo 2.2.8.3.5. Pago de aportes. El
- Artículo 2.2.8.3.6Prohibición
Título 9. Disposiciones varias
Capítulo 1. Trabajadores sociales
- Artículo 2.2.9.1.1Definición de trabajo social
- Artículo 2.2.9.1.2Ejercicio de la profesión de trabajo social
- Artículo 2.2.9.1.3Registro de títulos
- Artículo 2.2.9.1.4Inscripción ante el consejo nacional de trabajo social
- Artículo 2.2.9.1.5Decisión de la solicitud de inscripción
- Artículo 2.2.9.1.6Vigilancia y control
- Artículo 2.2.9.1.7Sanciones
- Artículo 2.2.9.1.8Recurso de reposición
- Artículo 2.2.9.1.9Deber de contratación de trabajadores sociales
- Artículo 2.2.9.1.10Decisiones del consejo nacional de trabajo social
- Artículo 2.2.9.1.11Títulos otorgados por instituciones de educación superior
- Artículo 2.2.9.1.12Presupuesto
Capítulo 2. De los acuerdos de reestructuración de que trata la ley 550 de 1999
- Artículo 2.2.9.2.1Competencia
- Artículo 2.2.9.2.2Relación de pensionados
- Artículo 2.2.9.2.3Convocatoria
- Artículo 2.2.9.2.4Quórum y mayorías
- Artículo 2.2.9.2.5Falta de quórum o de mayorías
- Artículo 2.2.9.2.6Representación de los trabajadores
- Artículo 2.2.9.2.7Procedimiento para la concertación de condiciones laborales temporales especiales
- Artículo 2.2.9.2.8Capitalización de los pasivos laborales
- Artículo 2.2.9.2.9Derecho de veto
Capítulo 3. Deducciones tributarias en virtud de la vinculación de mujeres víctimas de la violencia
- Artículo 2.2.9.3.1Objeto
- Artículo 2.2.9.3.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.9.3.3Definiciones
- Artículo 2.2.9.3.4Confidencialidad
- Artículo 2.2.9.3.5Procedencia de la deducción
- Artículo 2.2.9.3.6Requisitos para la procedencia de la deducción
- Artículo 2.2.9.3.7Control
Capítulo 4. Día del trabajo decente en Colombia
- Artículo 2.2.9.4.1Día del trabajo decente en Colombia
- Artículo 2.2.9.4.2Objetivos de la celebración del día del trabajo decente
- Artículo 2.2.9.4.3Ejes temáticos de la celebración del día del trabajo decente
- Artículo 2.2.9.4.4Del desarrollo e implementación de actividades en el día del trabajo decente
- Artículo 2.2.9.4.5Entidades o instituciones participantes en la celebración del día del trabajo decente en Colombia
- Artículo 2.2.9.4.6Financiación de la agenda para la celebración del día del trabajo decente
- Artículo 2.2.9.4.7Coordinación de las actividades para la celebración del día del trabajo decente
Capítulo 5. Condiciones de acceso a la prestación humanitaria periódica para las víctimas del conflicto armado y su fuente de financiación
- Artículo 2.2.9.5.1Objeto
- Artículo 2.2.9.5.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.9.5.3Requisitos
- Artículo 2.2.9.5.4Características de la prestación humanitaria periódica
- Artículo 2.2.9.5.5Reconocimiento de la calidad de beneficiario de la prestación humanitaria periódica
- Artículo 2.2.9.5.6Trámite de reconocimiento
- Artículo 2.2.9.5.7Financiación y pago de la prestación humanitaria periódica
- Artículo 2.2.9.5.8Obligaciones del ministerio del trabajo
- Artículo 2.2.9.5.9Pérdida de la prestación humanitaria periódica
- Artículo 2.2.9.5.10Información
- Artículo 2.2.9.5.11Presentación de solicitud para calificación de pérdida de capacidad laboral
Capítulo 6. Política pública de los vendedores informales
- Artículo 2.2.9.6.1Objeto
- Artículo 2.2.9.6.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.9.6.3Política pública de los vendedores informales
Capítulo 7. Multa por despido de víctima denunciante de acoso sexual en el contexto laboral
- Artículo 2.2.9.7.1Objeto
- Artículo 2.2.9.7.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.9.7.3Razonabilidad
- Artículo 2.2.9.7.4Los procedimientos administrativos sancionatorios se adelantarán de conformidad con lo…
- Artículo 2.2.9.7.5Corresponde al Ministerio del Trabajo, por intermedio de la inspección del trabajo que conocen…
Capítulo 8. Red de protección social para la vida de las personas recicladoras de oficio
- Artículo 2.2.9.8.1Objeto
- Artículo 2.2.9.8.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.9.8.3Definiciones
- Artículo 2.2.9.8.4Afiliación al régimen subsidiado en salud
- Artículo 2.2.9.8.5Afiliación al programa del subsidio al aporte en pensión
- Artículo 2.2.9.8.6Protección social integral para la vejez
- Artículo 2.2.9.8.7Financiación de aportes al servicio social complementario de los beps
- Artículo 2.2.9.8.8Inscripción de personas mayores recicladoras en el programa de protección social al adulto mayor -Colombia mayor, o el que haga sus veces
- Artículo 2.2.9.8.9Riesgos laborales
- Artículo 2.2.9.8.10Fuente de financiación
- Artículo 2.2.9.8.11Implementación y ajustes operativos
- Artículo 2.2.9.8.12Cese de la actividad de aprovechamiento
Capítulo 9. Relaciones laborales para periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines
Sección 1. Objeto, campo de aplicación para periodistas comunicadores sociales y trabajadores afines
- Artículo 2.2.9.9.1.1Objeto
- Artículo 2.2.9.9.1.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.9.9.1.3Trabajadores u oficios afines al sector del periodismo y comunicaciones sociales
- Artículo 2.2.9.9.1.4Aplicación del enfoque de derechos humanos, género, inclusión y transversalidad
Sección 2. Contratación y jornada de trabajo para periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines
- Artículo 2.2.9.9.2.1Contratación
- Artículo 2.2.9.9.2.2Jornada de trabajo
- Artículo 2.2.9.9.2.3Jornada laboral flexible
Sección 3. Seguridad social integral para periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines dependientes e independientes
- Artículo 2.2.9.9.3.1Seguridad social integral
- Artículo 2.2.9.9.3.2Afiliación y cotización al sistema general de seguridad social integral en salud
- Artículo 2.2.9.9.3.3Afiliación y cotización al sistema general de pensiones y subsidio familiar
- Artículo 2.2.9.9.3.4Afiliación al programa del subsidio al aporte en pensión
- Artículo 2.2.9.9.3.5Protección social integral para la vejez
- Artículo 2.2.9.9.3.6Inscripción en el programa de protección social al adulto mayor-colombia mayor, o el que haga sus veces
- Artículo 2.2.9.9.3.7Afiliación al sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.9.9.3.8Simultaneidad de contratos en el sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.9.9.3.9Ingreso base de cotización (ibc)
- Artículo 2.2.9.9.3.10Obligaciones de la empresa en el sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.9.9.3.11Obligaciones de periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines en el sistema de riesgos laborales
- Artículo 2.2.9.9.3.12Obligaciones especiales de las administradoras de riesgos laborales (arl)
- Artículo 2.2.9.9.3.13Evaluaciones médicas ocupacionales y perfiles de riesgo específicos
Sección 4. Programa de formalización e incentivo económico en riesgos laborales para periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines
- Artículo 2.2.9.9.4.1Programa de formalización e incentivo económico en riesgos laborales
- Artículo 2.2.9.9.4.2Incentivo económico a la cotización en riesgos laborales
- Artículo 2.2.9.9.4.3Población objeto y criterios de priorización
- Artículo 2.2.9.9.4.4Reglamentación operativa del programa
- Artículo 2.2.9.9.4.5Incentivo a la formalización
- Artículo 2.2.9.9.4.6Seguimiento y evaluación del programa
Sección 5. Inspección, vigilancia, control y mecanismos de participación y seguimiento
- Artículo 2.2.9.9.5.1Inspección, vigilancia y control
- Artículo 2.2.9.9.5.29Mecanismos de seguimiento y participación
Capítulo 10. Condiciones laborales del trabajo doméstico remunerado
Sección 1. Objeto, ámbito de aplicación, formalización laboral y derechos mínimos
- Artículo 2.2.9.10.1.1Objeto
- Artículo 2.2.9.10.1.2Ámbito de aplicación
- Artículo 2.2.9.10.1.3Formalización mediante contrato de trabajo escrito
- Artículo 2.2.9.10.1.4Derechos protegidos por la formalización
- Artículo 2.2.9.10.1.5Jornada máxima laboral
- Artículo 2.2.9.10.1.6Trabajo suplementario
- Artículo 2.2.9.10.1.7Descansos
- Artículo 2.2.9.10.1.8Debido proceso en los procedimientos disciplinarios
Sección 2. Seguridad social integral en el trabajo doméstico
- Artículo 2.2.9.10.2.1Afiliación al sistema de seguridad social integral
- Artículo 2.2.9.10.2.2Afiliación y cotización al sistema general de seguridad social en salud
- Artículo 2.2.9.10.2.3Afiliación y cotización al sistema general en pensiones
- Artículo 2.2.9.10.2.4Afiliación y cotización en el sistema general de riesgos laborales
- Artículo 2.2.9.10.2.5Caja de compensación familiar
- Artículo 2.2.9.10.2.6Cotizaciones para trabajadoras y trabajadores con múltiples empleadores
Subsección 2.1. Programa de formalización e incentivo económico en riesgos laborales para empleadores del sector de trabajo doméstico
- Artículo 2.2.9.10.2.7Programa de formalización e incentivo económico en riesgos laborales para empleadores del sector de trabajo doméstico
- Artículo 2.2.9.10.2.8Incentivo económico a la cotización en riesgos laborales para empleadores
- Artículo 2.2.9.10.2.9Población objeto y criterios de priorización
- Artículo 2.2.9.10.2.10Reglamentación operativa del programa
- Artículo 2.2.9.10.2.11Financiación y sostenibilidad
- Artículo 2.2.9.10.2.12Seguimiento y evaluación del programa
Sección 3. Seguridad y salud en el trabajo doméstico
- Artículo 2.2.9.10.3.1Obligaciones del empleador en sst
- Artículo 2.2.9.10.3.2Obligaciones de la persona trabajadora en sst
- Artículo 2.2.9.10.3.3Factores de riesgo y medidas preventivas
- Artículo 2.2.9.10.3.4Riesgo psicosocial intralaboral
- Artículo 2.2.9.10.3.5Registro y reporte de accidentes de trabajo
Sección 4. Erradicación de violencias y acoso en el hogar como lugar de trabajo
- Artículo 2.2.9.10.4.1Definiciones
- Artículo 2.2.9.10.4.2Conductas constitutivas de violencia, discriminación y acoso en el trabajo doméstico
- Artículo 2.2.9.10.4.3Procedimiento ante acoso laboral, discriminación, violencia basada en género y acoso sexual
- Artículo 2.2.9.10.4.4Medidas de prevención y sensibilización
- Artículo 2.2.9.10.4.5Programas de asistencia y reubicación
- Artículo 2.2.9.10.4.6Sanciones
Sección 5. Libertad sindical, diálogo social y negociación colectiva en el trabajo doméstico
- Artículo 2.2.9.10.5.1Derecho a la libertad sindical
- Artículo 2.2.9.10.5.2Fuero sindical y garantías
- Artículo 2.2.9.10.5.3Diálogo social y mesa tripartita
- Artículo 2.2.9.10.5.4Negociación colectiva sectorial
- Artículo 2.2.9.10.5.5Remisión normativa
- Artículo 2.2.9.10.5.6Fomento de la organización de los empleadores domésticos
- Artículo 2.2.9.10.5.7Asistencia técnica para la negociación colectiva
Sección 6. Inspección para la promoción del cumplimiento de los derechos laborales en el trabajo doméstico
- Artículo 2.2.9.10.6.1Objeto de la inspección
- Artículo 2.2.9.10.6.2Requisitos para la inspección laboral en el hogar como lugar de trabajo
- Artículo 2.2.9.10.6.3Verificaciones del inspector de trabajo
- Artículo 2.2.9.10.6.4Acuerdos de formalización laboral
- Artículo 2.2.9.10.6.5Inspección conjunta
- Artículo 2.2.9.10.6.6Asesoría, conciliación y presentación de quejas
- Artículo 2.2.9.10.6.7Manual de autoinspección
- Artículo 2.2.9.10.6.8Formación continua de inspectores
- Artículo 2.2.9.10.6.9Informe anual de inspección
Parte 1. Derogatoria y vigencia
2
Qué regula el Decreto 1072 de 2015
El decreto reúne en un solo texto los reglamentos del sector trabajo. Allí están las normas sobre relaciones laborales, riesgos laborales, el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, las juntas de calificación de invalidez y el empleo.
El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo empieza en el artículo 2.2.4.6.1. Las obligaciones de los empleadores están en el artículo 2.2.4.6.8 y las responsabilidades de los trabajadores en el artículo 2.2.4.6.10. La identificación de peligros y la valoración de los riesgos se regulan en el artículo 2.2.4.6.15.
Cómo está organizado el Decreto 1072 de 2015
El decreto tiene tres libros. El primero describe la estructura del sector trabajo, el segundo reúne el régimen reglamentario y el tercero trae la derogatoria y la vigencia. Por eso sus artículos se numeran con puntos, como el 2.2.4.6.1.
Cómo consultarlo en Leyes Colombia
En el índice de arriba escribe el número del artículo, por ejemplo 2.2.4.6.8, o una palabra como riesgos. Cada artículo del Decreto 1072 de 2015 tiene su propia página, de modo que puedes citarlo o compartirlo con un clic. Además, desde cada artículo pasas al anterior o al siguiente sin volver al índice. También puedes guardar en tu navegador los artículos que más consultas.
Las reglas del contrato de trabajo están en el Código Sustantivo del Trabajo, y el sistema de seguridad social en la Ley 100 de 1993.
Si necesitas confirmar una cita para un documento oficial, también puedes contrastar el texto en SUIN Juriscol, el sistema de información normativa del Ministerio de Justicia y del Derecho.