Decreto 1072 de 2015

Artículo 2.2.1.2.3.2 del Decreto 1072 de 2015

Programas recreativos, culturales o de capacitación

Texto vigente del artículo 2.2.1.2.3.2 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.

  1. Parte 2. Reglamentaciones
  2. Título 1. Relaciones laborales individuales
  3. Capítulo 2. Jornada de trabajo, descanso obligatorio, vacaciones y recreación
  4. Sección 3. Actividades recreativas, culturales o de capacitación dentro de la jornada de trabajo

ARTÍCULO 2.2.1.2.3.2. PROGRAMAS RECREATIVOS, CULTURALES O DE CAPACITACIÓN. El empleador elaborará los programas que deban realizarse para cumplir con lo previsto en el artículo 21 de la Ley 50 de 1990.

Dichos programas estarán dirigidos a la realización de actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación, incluyendo en éstas las relativas a aspectos de salud ocupacional, procurando la integración de los trabajadores, el mejoramiento de la productividad y de las relaciones laborales.

(Decreto número 1127 de 1991, artículo 4o)

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