Artículo 2.2.4.12.16 del Decreto 1072 de 2015
Intercambio de información relacionada con accidentes mayores que puedan tener impacto transfronterizo
Texto vigente del artículo 2.2.4.12.16 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 4. Riesgos laborales
- Capítulo 12. Programa de prevención de accidentes mayores
ARTÍCULO 2.2.4.12.16. INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN RELACIONADA CON ACCIDENTES MAYORES QUE PUEDAN TENER IMPACTO TRANSFRONTERIZO. El Ministerio del Trabajo entregará al Ministerio de Relaciones Exteriores la información a ser intercambiada con otros Estados en relación con la prevención, reporte y respuesta a accidentes mayores que puedan tener impacto transfronterizo, de conformidad con lo establecido en la Ley 1950 de 2019.
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