Decreto 1072 de 2015

Artículo 2.2.6.1.2.34 del Decreto 1072 de 2015

Territorialidad

Texto vigente del artículo 2.2.6.1.2.34 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.

  1. Parte 2. Reglamentaciones
  2. Título 6. Normas referentes al empleo
  3. Capítulo 1. Mecanismo de protección al cesante
  4. Sección 2. Servicio público de empleo

ARTÍCULO 2.2.6.1.2.34. TERRITORIALIDAD. Las Cajas de Compensación Familiar prestarán los servicios de gestión y colocación de que trata el parágrafo del artículo 29 de la Ley 1636 de 2013, a cualquier demandante u oferente de empleo que se lo solicite dentro del ámbito territorial de su competencia. Cuando los servicios de gestión y colocación de empleo sean prestados utilizando exclusivamente medios electrónicos, la autorización se entenderá otorgada para todo el territorio nacional.

(Decreto número 2852 de 2013, artículo 35)

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