Artículo 2.2.6.4.2 del Decreto 1072 de 2015
Criterios para la financiación de proyectos o iniciativas empresariales
Texto vigente del artículo 2.2.6.4.2 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 6. Normas referentes al empleo
- Capítulo 4. Emprendimiento - fondo emprender
ARTÍCULO 2.2.6.4.2. CRITERIOS PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS O INICIATIVAS EMPRESARIALES. En la definición de los criterios de priorización de los proyectos o iniciativas empresariales, el Consejo de Administración del Fondo deberá tener en cuenta como mínimo los siguientes criterios:
1. Número de empleos directos o indirectos generados con la iniciativa empresarial.
2. Estudio de mercado.
3. Sostenibilidad del proyecto.
4. Iniciativas empresariales que generen desarrollo en los departamentos y regiones con menor grado de crecimiento empresarial e industrial.
5. Los demás criterios de elegibilidad determinados por el Consejo de Administración.
PARÁGRAFO. El Servicio Nacional de Aprendizaje, (SENA), deberá elaborar el Manual Metodológico para el diseño, formulación, evaluación, seguimiento y control de los proyectos empresariales de que trata el presente capítulo.
(Decreto número 934 de 2003, artículo 7o)
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