Artículo 2.2.1.5.14 del Decreto 1072 de 2015
Tecnologías de la información y las comunicaciones para el teletrabajo
Texto vigente del artículo 2.2.1.5.14 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 1. Relaciones laborales individuales
- Capítulo 5. Teletrabajo
ARTÍCULO 2.2.1.5.14. TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES PARA EL TELETRABAJO. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones difundirá información y buenas prácticas relacionadas con las tecnologías de la información y las comunicaciones requeridas para implementar prácticas de teletrabajo.
(Decreto número 884 de 2012, artículo 14)
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