Artículo 2.2.4.7.8 del Decreto 1072 de 2015
Sistema de información para la calidad
Texto vigente del artículo 2.2.4.7.8 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 4. Riesgos laborales
- Capítulo 7. Sistema de garantía de calidad del sistema general de riesgos laborales
ARTÍCULO 2.2.4.7.8. SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA LA CALIDAD. El Ministerio del Trabajo o quien haga sus veces diseñará e implementará un Sistema de Información para la Calidad con el objeto de estimular la competencia por calidad entre los actores del Sistema General de Riesgos Laborales que al mismo tiempo permita orientar a los trabajadores y empleadores en el conocimiento de las características del sistema, en el ejercicio de sus derechos y deberes y en los niveles de calidad de los integrantes del Sistema General de Riesgos Laborales mencionados en el artículo 2.2.4.7.2. del presente decreto, de manera que puedan tomar decisiones informadas en el momento de ejercer los derechos que para ellos contempla el Sistema General de Riesgos Laborales.
El Ministerio del Trabajo o, quien haga sus veces, incluirá en su página web los datos del Sistema de Información para la Calidad con el propósito de facilitar al público el acceso en línea sobre esta materia.
(Decreto número 2923 de 2011, artículo 8o)
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