Artículo 2.2.7.1.3.9 del Decreto 1072 de 2015
Legitimidad en la representación
Texto vigente del artículo 2.2.7.1.3.9 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 7. Subsidio familiar
- Capítulo 1. Constitución, órganos de administración y revisoría fiscal de las cajas de compensación familiar
- Sección 3. Consejo directivo
ARTÍCULO 2.2.7.1.3.9. LEGITIMIDAD EN LA REPRESENTACIÓN. Los representantes de los trabajadores beneficiarios del Subsidio Familiar ejercerán legítimamente su representación ante las cajas de compensación familiar durante el término que señalen los estatutos respectivos o el acto de nombramiento y siempre y cuando hayan sido escogidos conforme a la ley y al procedimiento establecido para el efecto.
(Decreto número 1531 de 1990, artículo 4o)
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