Artículo 2.2.1.6.8.3.26 del Decreto 1072 de 2015
Población objeto y criterios de priorización
Texto vigente del artículo 2.2.1.6.8.3.26 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 1. Relaciones laborales individuales
- Capítulo 6. Normas laborales especiales relacionadas con determinados trabajadores
- Sección 8. Trabajadoras y trabajadores de las artes y la cultura
- Subsección 3. Programa de formalización e incentivo económico en riesgos laborales para todos los trabajadores de las artes y la cultura
ARTÍCULO 2.2.1.6.8.3.26. POBLACIÓN OBJETO Y CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN. Serán potenciales beneficiarios del programa todos los trabajadores de las artes y la cultura que desarrollen sus actividades de manera independiente, comunitaria, ocasional, intermitente, con ingresos bajos, conforme a los criterios socioeconómicos y de focalización que defina el Ministerio del Trabajo.
Para efectos de priorización podrán tenerse en cuenta condiciones de vulnerabilidad, ruralidad, informalidad, enfoque diferencial, exposición a riesgos laborales y demás criterios técnicos que resulten procedentes.
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