Decreto 1072 de 2015

Artículo 2.2.1.6.3.12 del Decreto 1072 de 2015

Certificación de servicios prestados

Texto vigente del artículo 2.2.1.6.3.12 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.

  1. Parte 2. Reglamentaciones
  2. Título 1. Relaciones laborales individuales
  3. Capítulo 6. Normas laborales especiales relacionadas con determinados trabajadores
  4. Sección 3. Normas laborales relacionadas con determinados trabajadores empleados a bordo de buques de bandera colombiana en servicio internacional

ARTÍCULO 2.2.1.6.3.12. CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS. Cualquiera que sea la causa de terminación del contrato, el empleador deberá entregar a la gente de mar una certificación que contenga la relación de sus servicios a bordo.

Requerimiento que se entiende cumplido con las anotaciones en la libreta de embarco aprobada, mediante Resolución número 00591 de 1982, proferida por la Dirección General Marítima Portuaria, DIMAR, o la norma que la modifique o sustituya.

(Decreto número 1015 de 1995, artículo 12)

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