Decreto 1072 de 2015

Artículo 2.2.7.5.4.2 del Decreto 1072 de 2015

Programas y proyectos de inversión e incorporación al presupuesto

Texto vigente del artículo 2.2.7.5.4.2 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.

  1. Parte 2. Reglamentaciones
  2. Título 7. Subsidio familiar
  3. Capítulo 5. Recursos, inversiones y presupuesto de las cajas de compensación familiar
  4. Sección 4. Presupuestos de las cajas de compensación familiar

ARTÍCULO 2.2.7.5.4.2. PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSIÓN E INCORPORACIÓN AL PRESUPUESTO. Los programas y proyectos de inversión podrán presentarse y ejecutarse en cualquier tiempo, con independencia de que los mismos se hubieran incorporado en el presupuesto inicial aprobado, siempre y cuando existan las disponibilidades financieras y cuenten con la correspondiente aprobación del Consejo Directivo.

(Decreto número 827 de 2003, artículo 15)

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