Decreto 1072 de 2015

Artículo 2.2.3.2.3 del Decreto 1072 de 2015

Comité evaluador

Texto vigente del artículo 2.2.3.2.3 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.

  1. Parte 2. Reglamentaciones
  2. Título 3. Inspección, vigilancia y control
  3. Capítulo 2. Fondo para el fortalecimiento de la inspección, vigilancia y control del trabajo y la seguridad social (fivicot)

ARTÍCULO 2.2.3.2.3. COMITÉ EVALUADOR. El Ministerio del Trabajo creará un Comité Evaluador responsable de evaluar la viabilidad de los programas, proyectos, actividades, estudios, campañas y demás asuntos que deban ser presentados a consideración del Fondo, con la debida sustentación técnica al ordenador del gasto del Fondo. El Comité estará conformado por: i) el Ministro del Trabajo o su delegado; ii) el Viceministro de Relaciones Laborales e Inspección y, iii) el Director de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial.

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