Artículo 2.2.1.6.9.19 del Decreto 1072 de 2015
Interoperabilidad
Texto vigente del artículo 2.2.1.6.9.19 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 1. Relaciones laborales individuales
- Capítulo 6. Normas laborales especiales relacionadas con determinados trabajadores
- Sección 9. Trabajadores digitales de reparto en modalidad autónoma e independiente
ARTÍCULO 2.2.1.6.9.19. INTEROPERABILIDAD. El Ministerio de Salud y Protección Social definirá los mecanismos de interoperabilidad con el Registro Único de Afiliados (RUAF), el Sistema de Afiliación Transaccional (SAT) y la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) con las entidades que se requieran en el marco de sus funciones para validar la afiliación y el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral de los trabajadores digitales independientes y autónomos en servicios de reparto.
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