Decreto 1072 de 2015

Artículo 2.2.2.6.4 del Decreto 1072 de 2015

Asesorías de las organizaciones sindicales

Texto vigente del artículo 2.2.2.6.4 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.

  1. Parte 2. Reglamentaciones
  2. Título 2. Relaciones laborales colectivas
  3. Capítulo 6. Federaciones y confederaciones

ARTÍCULO 2.2.2.6.4. ASESORÍAS DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES. Toda organización sindical de segundo o tercer grado puede asesorar a sus organizaciones afiliadas ante los respectivos empleadores en la tramitación de los conflictos individuales o colectivos. También podrán ejercer el derecho de asesoría ante los funcionarios del Ministerio del Trabajo, ante las demás autoridades o ante terceros, respecto de cualquiera reclamación.

(Decreto número 1469 de 1978, artículo 30)

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