Artículo 2.2.3.4.5 del Decreto 1072 de 2015
Intermediación laboral ilegal con empresas de servicios temporales
Texto vigente del artículo 2.2.3.4.5 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 3. Inspección, vigilancia y control
- Capítulo 4. Medidas para la inspección laboral, prevención, corrección y formalización en materia de tercerización e intermediación ilegal
ARTÍCULO 2.2.3.4.5. INTERMEDIACIÓN LABORAL ILEGAL CON EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORALES. La empresa que envíe trabajadores en misión o suministre personal a otras personas, instituciones u organizaciones sin estar autorizada para funcionar como empresa de servicios temporales, o la que estando autorizada suministre personal por fuera de las situaciones temporales y excepcionales mencionadas en los artículos 77 de la Ley 50 de 1990, 6o del Decreto número 4369 de 2006 y 6 de este decreto o excediendo sus plazos máximos, incurrirá en prácticas de intermediación laboral ilegal.
También incurrirá en intermediación laboral ilegal la empresa usuaria que se beneficie de esos servicios por parte de personas que no cuentan con autorización para funcionar como empresas de servicios temporales o la que se beneficie de los servicios de los trabajadores en misión por fuera de las situaciones temporales y excepcionales mencionadas en los artículos 77 de la Ley 50 de 1990, 6o del Decreto número 4369 de 2006 y 6 de este decreto o excediendo sus plazos máximos.
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.