Artículo 2.2.6.2.6.9 del Decreto 1072 de 2015
Periodo de implementación
Texto vigente del artículo 2.2.6.2.6.9 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 6. Normas referentes al empleo
- Capítulo 2. Formación para el trabajo
- Sección 6. Clasificación única de ocupaciones para Colombia (cuoc)
ARTÍCULO 2.2.6.2.6.9. PERIODO DE IMPLEMENTACIÓN. Los usuarios que en sus procesos, metodologías, productos y sistemas de información utilicen clasificaciones ocupacionales, deberán implementar la Clasificación Única de Ocupaciones para Colombia (CUOC) en un período no mayor a dos (2) años luego de la entrada en vigencia del presente Decreto.
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