La Ley 1123 de 2007 establece el Código Disciplinario del Abogado. Señala los deberes profesionales, las faltas contra la dignidad de la profesión, la lealtad con el cliente y la administración de justicia, las sanciones y el procedimiento disciplinario.
- Ley 1123 de 2007
- 112 artículos
- Vigente, actualizado al 15 de septiembre de 2026
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Parte general27
Titulo I. Principios rectores
- Artículo 1Dignidad humana
- Artículo 2Titularidad
- Artículo 3Legalidad
- Artículo 4Antijuridicidad
- Artículo 5Culpabilidad
- Artículo 6Debido proceso
- Artículo 7Favorabilidad
- Artículo 8Presunción de inocencia
- Artículo 9Non bis in ídem
- Artículo 10Igualdad material
- Artículo 11Función de la sanción disciplinaria
- Artículo 12Derecho a la defensa
- Artículo 13Criterios para la graduación de la sanción
- Artículo 14Gratuidad de la actuación disciplinaria
- Artículo 15Interpretación
- Artículo 16Aplicación de principios e integración normativa
Titulo II. Disposiciones generales
Capitulo I. La falta disciplinaria
Capitulo II. Ambito de aplicación
Capitulo III. Sujetos disciplinables
Capitulo IV. Formas de realización del comportamiento
Capitulo V. Exclusión de la responsabilidad disciplinaria
Titulo III. La extincion de la accion y de la sancion disciplinaria
Capitulo I. Extinción de la acción disciplinaria
Capitulo II. Extinción de la sanción disciplinaria
Parte especial85
Titulo I. Deberes e incompatibilidades del abogado
Capitulo I. Deberes
Capitulo II. Incompatibilidades
Titulo II. De las faltas en particular
- Artículo 30Constituyen faltas contra la dignidad de la profesión: 1. Intervenir en actuación judicial o…
- Artículo 31Son faltas contra el decoro profesional: 1. Utilizar propaganda que no se limite al nombre del…
- Artículo 32Constituyen faltas contra el respeto debido a la administración de justicia y a las…
- Artículo 33Son faltas contra la recta y leal realización de la justicia y los fines del Estado: 1…
- Artículo 34Constituyen faltas de lealtad con el cliente: a) No expresar su franca y completa opinión…
- Artículo 35Constituyen faltas a la honradez del abogado: 1. Acordar, exigir u obtener del cliente o de…
- Artículo 36Constituyen faltas a la lealtad y honradez con los colegas: 1. Realizar directamente o por…
- Artículo 37Constituyen faltas a la debida diligencia profesional: 1. Demorar la iniciación o prosecución…
- Artículo 38Son faltas contra el deber de prevenir litigios y facilitar los mecanismos de solución…
- Artículo 39También constituye falta disciplinaria, el ejercicio ilegal de la profesión, y la violación de…
Titulo III. Regimen sancionatorio
Capitulo unico. Las sanciones disciplinarias
- Artículo 40Sanciones disciplinarias
- Artículo 41Censura
- Artículo 42Multa
- Artículo 43Suspensión
- Artículo 44Exclusión
- Artículo 45Criterios de graduación de la sanción
- Artículo 46Motivación de la dosificación sancionatoria
- Artículo 47Ejecución y registro de la sanción
Libro tercero. Procedimiento disciplinario
Titulo I. Principios rectores del procedimiento disciplinario
- Artículo 48Principios constitucionales que orientan la función disciplinaria
- Artículo 49Prevalencia del derecho sustancial
- Artículo 50Gratuidad
- Artículo 51Celeridad
- Artículo 52Eficiencia
- Artículo 53Lealtad
- Artículo 54Motivación
- Artículo 55Doble instancia
- Artículo 56Publicidad
- Artículo 57Oralidad
- Artículo 58Contradicción
Titulo II. El proceso disciplinario
Capitulo I. Competencia
- Artículo 59De la sala jurisdiccional disciplinaria del consejo superior de la judicatura
- Artículo 60Competencia de las salas jurisdiccionales disciplinarias de los consejos seccionales de la judicatura
Capitulo II. Impedimentos y recusaciones
- Artículo 61Causales
- Artículo 62Declaración de impedimento
- Artículo 63Recusaciones
- Artículo 64Procedimiento en caso de impedimento o de recusación
Capitulo III. Intervinientes
Capitulo IV. Inicio de la acción disciplinaria
- Artículo 67Formas de iniciar la acción disciplinaria
- Artículo 68Procedencia
- Artículo 69Quejas falsas o temerarias
Capitulo V. Notificaciones y comunicaciones
- Artículo 70Formas de notificación
- Artículo 71Notificación personal
- Artículo 72Notificación por medios de comunicación electrónicos
- Artículo 73Notificación de sentencias y providencias interlocutorias
- Artículo 74Notificación por estado
- Artículo 75Notificación por edicto
- Artículo 76Notificación en estrados
- Artículo 77Notificación por conducta concluyente
- Artículo 78Comunicaciones
Capitulo VI. Recursos y ejecutoria
- Artículo 79Clases de recursos
- Artículo 80Recurso de reposición
- Artículo 81Recurso de apelación
- Artículo 82Prohibición de la reformatio in pejus
- Artículo 83Ejecutoria
Capitulo VII. Pruebas
- Artículo 84Necesidad
- Artículo 85Investigación integral
- Artículo 86Medios de prueba
- Artículo 87Libertad de pruebas
- Artículo 88Petición y rechazo de pruebas
- Artículo 89Práctica de pruebas por comisionado
- Artículo 90Práctica de pruebas en el exterior
- Artículo 91Prueba trasladada
- Artículo 92Apoyo técnico
- Artículo 93Oportunidad para controvertir la prueba
- Artículo 94Testigo renuente
- Artículo 95Inexistencia de la prueba
- Artículo 96Apreciación integral
- Artículo 97Prueba para sancionar
Capitulo VIII. Nulidades
- Artículo 98Causales
- Artículo 99Declaratoria oficiosa
- Artículo 100Solicitud
- Artículo 101Principios que orientan la declaratoria de las nulidades y su convalidación
Titulo III. Actuacion procesal
Capitulo I. Iniciación
Capitulo II. Terminación anticipada
Capitulo III. Investigación y calificación
Capitulo IV. Juzgamiento
Titulo IV. Disposiciones complementarias
- Artículo 108La rehabilitación
- Artículo 109Solicitud
- Artículo 110PROCEDIMIENTO: a) Admisión de la solicitud y apertura a pruebas Cumplido el requisito temporal…
