Artículo 2.2.7.3.1.12 del Decreto 1072 de 2015
Obligación especial de la unidad de gestión de pagos pensiones y contribuciones parafiscales (ugpp)
Texto vigente del artículo 2.2.7.3.1.12 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 7. Subsidio familiar
- Capítulo 3. Afiliación de poblaciones especiales a las cajas de compensación familiar
- Sección 1. Afiliación servicio doméstico
ARTÍCULO 2.2.7.3.1.12. OBLIGACIÓN ESPECIAL DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DE PAGOS PENSIONES Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES (UGPP). La UGPP realizará seguimiento y evaluación a la afiliación de empleadores personas naturales, respecto de los trabajadores del servicio doméstico a su cargo y efectuará los reportes del caso a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y demás autoridades.
(Decreto número 784 de 2013, artículo 13)
Publicidad
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.
Artículos recomendados
Publicidad