Artículo 2.2.6.1.5.11 del Decreto 1072 de 2015
Afiliación para independientes y trabajadores con salario integral
Texto vigente del artículo 2.2.6.1.5.11 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 6. Normas referentes al empleo
- Capítulo 1. Mecanismo de protección al cesante
- Sección 5. Ahorro voluntario y beneficio monetario
ARTÍCULO 2.2.6.1.5.11. AFILIACIÓN PARA INDEPENDIENTES Y TRABAJADORES CON SALARIO INTEGRAL. Los trabajadores independientes y los trabajadores con salario integral que, conforme las normas legales vigentes, se afilien a las Administradoras de Fondos de Cesantías, podrán acceder al beneficio monetario por ahorro del Mecanismo de Protección al Cesante, siempre y cuando cumplan las condiciones establecidas en el presente capítulo.
(Decreto número 135 de 2014, artículo 11)
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