Artículo 2.2.4.9.1.2 del Decreto 1072 de 2015
Obligatoriedad de afiliación
Texto vigente del artículo 2.2.4.9.1.2 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 4. Riesgos laborales
- Capítulo 9. Sistema de compensación en el sistema general de riesgos laborales
- Sección 1. Generalidades sobre el sistema de compensación
ARTÍCULO 2.2.4.9.1.2. OBLIGATORIEDAD DE AFILIACIÓN. Las Administradoras de Riesgos Laborales están en la obligación de aceptar las afiliaciones de todos los empleadores y sus trabajadores y de los trabajadores independientes, de conformidad con lo previsto en la Ley 1562 de 2012, sin sujeción a la clase de riesgo o actividad económica que desarrollen.
(Decreto número 1442 de 2014, artículo 2o).
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