Artículo 2.2.6.3.3.42 del Decreto 1072 de 2015
Financiación
Texto vigente del artículo 2.2.6.3.3.42 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 6. Normas referentes al empleo
- Capítulo 3. Prácticas laborales
- Sección 3. Contrato de aprendizaje
ARTÍCULO 2.2.6.3.3.42. FINANCIACIÓN. Los programas de formación y capacitación para inserción laboral serán financiados con el 25% de los recursos que recibe el Servicio Nacional de Aprendizaje, (Sena), conforme al numeral 2 del artículo 11 y al numeral 2 del artículo 12 de la Ley 21 de 1982, en los términos del artículo 12 de la Ley 789 de 2002.
También podrán ser financiados con los recursos obtenidos a través de convenios de cooperación nacional e internacional de organismos de naturaleza pública o privada, orientados específicamente a estos programas; los que destinen la Nación, los departamentos o los municipios, para estos programas y los recursos provenientes del Fondo de Protección Social creado en el artículo 1o de la Ley 789 de 2002.
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.