Artículo 2.2.6.1.2.21 del Decreto 1072 de 2015
Del sistema de información propio de los prestadores del servicio público de empleo
Texto vigente del artículo 2.2.6.1.2.21 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 6. Normas referentes al empleo
- Capítulo 1. Mecanismo de protección al cesante
- Sección 2. Servicio público de empleo
ARTÍCULO 2.2.6.1.2.21. DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN PROPIO DE LOS PRESTADORES DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO. ara desarrollar los servicios de gestión y colocación de empleo, los Prestadores del Servicio Público de Empleo deberán disponer de un sistema de información especializado o podrán hacer uso del Sistema de Información del Servicio Público de Empleo.
PARÁGRAFO. La Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, determinará las condiciones de entrega y uso del Sistema de Información del Servicio Público de Empleo.
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