Artículo 2.2.9.10.4.6 del Decreto 1072 de 2015
Sanciones
Texto vigente del artículo 2.2.9.10.4.6 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 9. Disposiciones varias
- Capítulo 10. Condiciones laborales del trabajo doméstico remunerado
- Sección 4. Erradicación de violencias y acoso en el hogar como lugar de trabajo
ARTÍCULO 2.2.9.10.4.6. SANCIONES. La violencia o el acoso cometidos en el lugar de trabajo doméstico constituirán falta gravísima que dará lugar a la terminación del contrato con justa causa por parte de la persona trabajadora, así como a las sanciones pecuniarias establecidas en el Código Sustantivo del Trabajo y en la Ley 1610 de 2013, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan.
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