Artículo 2.2.6.1.5.12 del Decreto 1072 de 2015
Beneficio monetario proporcional por ahorro de cesantías
Texto vigente del artículo 2.2.6.1.5.12 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 6. Normas referentes al empleo
- Capítulo 1. Mecanismo de protección al cesante
- Sección 5. Ahorro voluntario y beneficio monetario
ARTÍCULO 2.2.6.1.5.12. BENEFICIO MONETARIO PROPORCIONAL POR AHORRO DE CESANTÍAS. El beneficio monetario proporcional por ahorro para los trabajadores independientes y los trabajadores con salario integral, se reconocerá teniendo en cuenta los criterios establecidos en el artículo 2.2.6.1.5.10 del presente decreto.
Para efectos de determinar el ahorro mínimo que deben realizar los trabajadores independientes y los trabajadores con salario integral para tener derecho al beneficio, se tendrá en cuenta el promedio de los ingresos reportados en el último año a la Caja de Compensación Familiar, de acuerdo con lo establecido en numeral 5o del artículo 13 de la Ley 1636 de 2013.
(Decreto número 135 de 2014, artículo 12)
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