Artículo 2.2.6.1.10.12 del Decreto 1072 de 2015
Manual operativo del incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales
Texto vigente del artículo 2.2.6.1.10.12 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 6. Normas referentes al empleo
- Capítulo 1. Mecanismo de protección al cesante
- Sección 10. Incentivo a la creación y permanencia de nuevos empleos formales
ARTÍCULO 2.2.6.1.10.12. MANUAL OPERATIVO DEL INCENTIVO A LA CREACIÓN Y PERMANENCIA DE NUEVOS EMPLEOS FORMALES. El Ministerio del Trabajo a través de un Manual Operativo con carácter vinculante, establecerá el calendario y el detalle operativo del mecanismo de transferencia del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales; y la certificación, restitución y devolución de los recursos o subsanación de errores operativos, cuando haya lugar a ello.
PARÁGRAFO. El Manual Operativo contemplará, además, el procedimiento que se deberá adelantar para atender ajustes relacionados con posibles fallas en la operatividad de los mecanismos de captura e intercambio de información y conformación de bases de datos para la verificación de las condiciones de los potenciales beneficiarios, así como los casos excepcionales y extraordinarios que impidan el desembolso efectivo de los recursos a los beneficiarios del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales, para todos los meses de operación.
Para tal efecto, se deberán allegar las justificaciones correspondientes que den lugar a los ajustes en el cronograma de pagos del aporte estatal del Incentivo a la Creación y Permanencia de Nuevos Empleos Formales.
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