Artículo 2.2.9.10.6.8 del Decreto 1072 de 2015
Formación continua de inspectores
Texto vigente del artículo 2.2.9.10.6.8 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 9. Disposiciones varias
- Capítulo 10. Condiciones laborales del trabajo doméstico remunerado
- Sección 6. Inspección para la promoción del cumplimiento de los derechos laborales en el trabajo doméstico
ARTÍCULO 2.2.9.10.6.8. FORMACIÓN CONTINUA DE INSPECTORES. La Dirección de Inspección, Vigilancia, Control y Gestión Territorial y la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo desarrollarán procesos de formación inicial y continua para los inspectores de trabajo en la aplicación de los enfoques diferencial, de género, interseccional y étnico en el sector de trabajo doméstico, así como en la identificación de factores de riesgo psicosocial, violencia laboral, trabajo forzoso e infantil, y en el manejo de la inspección en el domicilio con respeto a la privacidad.
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