Artículo 2.2.9.9.3.8 del Decreto 1072 de 2015
Simultaneidad de contratos en el sistema general de riesgos laborales
Texto vigente del artículo 2.2.9.9.3.8 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 9. Disposiciones varias
- Capítulo 9. Relaciones laborales para periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines
- Sección 3. Seguridad social integral para periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines dependientes e independientes
ARTÍCULO 2.2.9.9.3.8. SIMULTANEIDAD DE CONTRATOS EN EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES. Cuando los periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines celebren de forma simultánea varios contratos laborales o de prestación de servicios, la afiliación y cotización al Sistema General de Riesgos Laborales deberá realizarse por cada uno de los vínculos vigentes en una misma Administradora de Riesgos Laborales (ARL), con estricta sujeción a lo previsto en el literal k) del artículo 4o del Decreto Ley 1295 de 1994, el Decreto número 1072 de 2015 y demás normas complementarias.
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