Artículo 2.2.1.6.5.6 del Decreto 1072 de 2015
Coordinación en actividades de promoción y prevención
Texto vigente del artículo 2.2.1.6.5.6 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 1. Relaciones laborales individuales
- Capítulo 6. Normas laborales especiales relacionadas con determinados trabajadores
- Sección 5. Vinculación laboral de las madres comunitarias con las entidades administradoras del programa de hogares comunitarios de bienestar
ARTÍCULO 2.2.1.6.5.6. COORDINACIÓN EN ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN. Las Cajas de Compensación Familiar y las Administradoras de Riesgos Laborales coordinarán de manera directa o mediante apoyo de terceros especializados, la prestación articulada de servicios para asegurar mejores condiciones de trabajo, seguridad y salud en el trabajo y bienestar laboral.
Las Cajas de Compensación Familiar, conforme a los programas sociales que brindan en el marco legal que las rige, promocionarán servicios a favor de las Madres Comunitarias.
(Decreto número 289 de 2014, artículo 6o)
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