Artículo 2.2.1.6.4.10 del Decreto 1072 de 2015
Mecanismos de recaudo
Texto vigente del artículo 2.2.1.6.4.10 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 1. Relaciones laborales individuales
- Capítulo 6. Normas laborales especiales relacionadas con determinados trabajadores
- Sección 4. Trabajadores dependientes que laboran por períodos inferiores a un mes
ARTÍCULO 2.2.1.6.4.10. MECANISMOS DE RECAUDO. El mecanismo de recaudo en los Sistemas de Pensiones, Riesgos Laborales y Cajas de Compensación Familiar, será el de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). El modelo operativo que se adopte para actualizar el sistema PILA a fin de cobijar a los trabajadores a que se refiere la presente sección, incorporará un esquema de reporte a los operadores de información y bancarios de carácter unificado o por grupos de trabajadores, que permita controlar los costos de operación.
(Decreto número 2616 de 2013, artículo 10)
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