Artículo 2.2.9.10.2.8 del Decreto 1072 de 2015
Incentivo económico a la cotización en riesgos laborales para empleadores
Texto vigente del artículo 2.2.9.10.2.8 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 9. Disposiciones varias
- Capítulo 10. Condiciones laborales del trabajo doméstico remunerado
- Sección 2. Seguridad social integral en el trabajo doméstico
- Subsección 2.1. Programa de formalización e incentivo económico en riesgos laborales para empleadores del sector de trabajo doméstico
ARTÍCULO 2.2.9.10.2.8. INCENTIVO ECONÓMICO A LA COTIZACIÓN EN RIESGOS LABORALES PARA EMPLEADORES. El Programa de Formalización e Incentivo Económico en Riesgos Laborales podrá otorgar un incentivo económico a los empleadores del sector doméstico, destinado al pago total o parcial de la prima o cotización al Sistema General de Riesgos Laborales correspondiente a las trabajadoras o los trabajadores domésticos que se encuentren debidamente registrados como cotizantes en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y hayan sido formalizados mediante contrato de trabajo escrito inscrito en el Registro Único de Trabajadores del Ministerio del Trabajo.
El incentivo económico tendrá como finalidad estimular a los empleadores para que afilien a sus trabajadoras y trabajadores domésticos al Sistema General de Riesgos Laborales, promoviendo la permanencia en el sistema y apoyando los procesos de formalización laboral en el sector.
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