Artículo 2.2.1.8.2.9 del Decreto 1072 de 2015
Medidas culturales para prevenir la revictimización
Texto vigente del artículo 2.2.1.8.2.9 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 1. Relaciones laborales individuales
- Capítulo 8. Garantías frente al acoso y violencia, la violencia basada en género y discriminación en ámbito laboral
- Sección 2. Medidas de prevención y protección frente al acoso y violencia, violencias basadas en género y discriminación
ARTÍCULO 2.2.1.8.2.9. MEDIDAS CULTURALES PARA PREVENIR LA REVICTIMIZACIÓN. Frente a casos donde la violencia busca mantener aislada a la víctima, o estigmatizar a la víctima frente a la sociedad o compañeros de trabajo, los empleadores y entidades deben abstenerse de realizar actos de censura o discriminación, incluyendo actos que desconozcan la garantía de las víctimas de visibilizar públicamente los actos de acoso sexual y abstenerse de ejecutar actos de revictimización. Se debe alentar a la comunidad a asumir un papel activo de prevención de este tipo de conductas o de mitigar el impacto de las violencias o acosos cuando esto ocurre.
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