Artículo 2.2.7.4.4.18 del Decreto 1072 de 2015
Destinatarios del subsidio familiar en especie para los programas de educación básica y media
Texto vigente del artículo 2.2.7.4.4.18 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 7. Subsidio familiar
- Capítulo 4. Tarifas, beneficiarios y servicios de las cajas de compensación familiar
- Sección 4. Modalidades de pago del subsidio en servicios
ARTÍCULO 2.2.7.4.4.18. DESTINATARIOS DEL SUBSIDIO FAMILIAR EN ESPECIE PARA LOS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA. Para hacerse acreedores al subsidio familiar educativo en especie, los trabajadores beneficiarios deberán demostrar ante la respectiva Caja de Compensación Familiar que los ingresos familiares son inferiores a cuatro (4) salarios mínimos legales.
Las pruebas y procedimientos para tales efectos será reguladas por la Superintendencia de Subsidio Familiar.
(Decreto número 1902 de 1994, artículo 6o)
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