Artículo 2.2.1.6.8.1 del Decreto 1072 de 2015
Objeto
Texto vigente del artículo 2.2.1.6.8.1 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 1. Relaciones laborales individuales
- Capítulo 6. Normas laborales especiales relacionadas con determinados trabajadores
- Sección 8. Lineamientos de política para el programa de empleo nocturno (pen)
ARTÍCULO 2.2.1.6.8.1. OBJETO. La presente sección tiene por objeto desarrollar lineamientos para la orientación, articulación, acompañamiento técnico, seguimiento y evaluación del Programa de Empleo Nocturno (PEN), en el marco de las competencias de las entidades del orden nacional y con respeto por la autonomía de las entidades territoriales, sin modificar el régimen laboral vigente ni crear obligaciones para los particulares distintas de las previstas en la ley.
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