Decreto 1072 de 2015

Artículo 2.2.2.12.5 del Decreto 1072 de 2015

Informe

Texto vigente del artículo 2.2.2.12.5 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.

  1. Parte 2. Reglamentaciones
  2. Título 2. Relaciones laborales colectivas
  3. Capítulo XII. Requisitos para el depósito de los pactos colectivos con el fin de prevenir que sean utilizados para menoscabar el derecho a la libertad sindical, el derecho de asociación sindical y de negociación colectiva

ARTÍCULO 2.2.2.12.5. INFORME. El funcionario competente, remitirá todas las actuaciones relacionadas a pactos colectivos no depositados al Coordinador del Grupo de Prevención, Inspección, Vigilancia y Control de su respectiva Dirección Territorial o quien haga sus veces, para que se efectúen las respectivas investigaciones dentro del procedimiento administrativo sancionatorio por la presunta violación al derecho de libertad sindical, asociación sindical y negociación colectiva.

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