Artículo 2.2.5.2.5 del Decreto 1072 de 2015
Naturaleza de la junta
Texto vigente del artículo 2.2.5.2.5 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 5. Juntas de calificación de invalidez
- Capítulo 2. Junta de calificación de invalidez de aviadores
ARTÍCULO 2.2.5.2.5. NATURALEZA DE LA JUNTA. De conformidad con el artículo 12 del decreto Ley 1282 de 1994, la Junta Especial de Calificación de Invalidez es un organismo independiente y sin personería jurídica. Sus integrantes son designados por el Ministerio del Trabajo, y sus decisiones son de carácter obligatorio.
(Decreto número 1557 de 1995, artículo 5o)
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