Decreto 1072 de 2015

Artículo 2.2.1.6.7.3 del Decreto 1072 de 2015

Circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales

Texto vigente del artículo 2.2.1.6.7.3 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.

  1. Parte 2. Reglamentaciones
  2. Título 1. Relaciones laborales individuales
  3. Capítulo 6. Normas laborales especiales relacionadas con determinados trabajadores
  4. Sección 7. Trabajo en casa

ARTÍCULO 2.2.1.6.7.3. CIRCUNSTANCIAS OCASIONALES, EXCEPCIONALES O ESPECIALES. Para efectos de la presente Sección, se entenderá por circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales, aquellas situaciones extraordinarias y no habituales, que se estima son superables en el tiempo, atribuibles a hechos externos, extralaborales o propios de la órbita del trabajador o del empleador que permiten que el trabajador pueda cumplir con la labor contratada en un sitio diferente al lugar habitual de trabajo.

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