Artículo 2.2.4.2.3.14 del Decreto 1072 de 2015
Prestaciones económicas y asistenciales del sistema general de riesgos laborales
Texto vigente del artículo 2.2.4.2.3.14 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 4. Riesgos laborales
- Capítulo 2. Afiliación al sistema de riesgos laborales
- Sección 3. Afiliación de estudiantes al sistema general de riesgos laborales
ARTÍCULO 2.2.4.2.3.14. PRESTACIONES ECONÓMICAS Y ASISTENCIALES DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES. Los estudiantes de que trata la presente sección, tendrán todas las prestaciones económicas y asistenciales del Sistema General de Riesgos Laborales establecidas en el Decreto-ley 1295 de 1994, en la Ley 776 de 2002, en la Ley 1562 de 2012 y en las demás normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.
(Decreto número 55 de 2015, artículo 14)
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