Artículo 2.2.4.11.13 del Decreto 1072 de 2015
Respeto de los derechos laborales y prestaciones sociales
Texto vigente del artículo 2.2.4.11.13 del Decreto 1072 de 2015, con sus modificaciones.
- Parte 2. Reglamentaciones
- Título 4. Riesgos laborales
- Capítulo 11. Criterios de graduación de las multas por infracción a las normas de seguridad y salud en el trabajo
ARTÍCULO 2.2.4.11.13. RESPETO DE LOS DERECHOS LABORALES Y PRESTACIONES SOCIALES. En ningún caso la suspensión de actividades o cierre del lugar de trabajo puede ocasionar detrimento a los trabajadores. Los días en que opere la clausura o suspensión se contarán como días laborados para efectos del pago de salarios, primas, vacaciones y demás prestaciones sociales a que éstos tengan derecho.
(Decreto número 472 de 2015, artículo 13)
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