Código Disciplinario del AbogadoLey 1123 de 2007

Artículo 20 del Código Disciplinario del Abogado

Acción y omisión

Texto vigente del artículo 20 del Código Disciplinario del Abogado, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.

  1. Parte general
  2. Título II. Disposiciones generales
  3. Capítulo IV. Formas de realización del comportamiento

ARTÍCULO 20. ACCIÓN Y OMISIÓN. Las faltas disciplinarias se realizan por acción u omisión.

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