Ley 1996 de 2019: capacidad legal de personas con discapacidad
La Ley 1996 de 2019 regula el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad. Aquí tienes su texto vigente, artículo por artículo.
- Ley 1996 de 2019
- 63 artículos
- Vigente
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Capítulo I. Disposiciones generales
7
Capítulo II. Mecanismos para el ejercicio de la capacidad legal y para la realización de actos jurídicos
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- Artículo 8Ajustes razonables en el ejercicio de la capacidad legal
- Artículo 9Mecanismos para establecer apoyos para la realización de actos jurídicos
- Artículo 10Determinación de los apoyos
- Artículo 11Valoración de apoyos
- Artículo 12Lineamientos y protocolos para la realización de valoración de apoyos
- Artículo 13Reglamentación de la prestación del servicio de valoración de apoyos
- Artículo 14Defensor personal
Capítulo III. Acuerdos de apoyo para la celebración de actos jurídicos
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- Artículo 15Acuerdos de apoyo
- Artículo 16Acuerdos de apoyo por escritura pública ante notario
- Artículo 17Acuerdos de apoyo ante conciliadores extrajudiciales en derecho
- Artículo 18Duración de los acuerdos de apoyo
- Artículo 19Acuerdos de apoyo como requisito de validez para la realización de actos jurídicos
- Artículo 20Terminación y modificación del acuerdo de apoyos
Capítulo IV. Directivas anticipadas
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- Artículo 21Directivas anticipadas
- Artículo 22Suscripción de la directiva anticipada
- Artículo 23Contenido de las directivas anticipadas
- Artículo 24Ajustes razonables relacionados con las directivas anticipadas
- Artículo 25Personas de apoyo en directivas anticipadas
- Artículo 26Obligatoriedad de las decisiones expresadas por medio de una directiva anticipada
- Artículo 27Prevalencia de la voluntad posterior de la persona titular del acto
- Artículo 28Cláusula de voluntad perenne
- Artículo 29Publicidad de la directiva anticipada
- Artículo 30Incorporación de la directiva anticipada en la historia clínica
- Artículo 31Modificación, sustitución y revocación
Capítulo V. Adjudicación judicial de apoyos
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- Artículo 32Adjudicación judicial de apoyos para la realización de actos jurídicos
- Artículo 33Valoración de apoyos
- Artículo 34Criterios generales para la actuación judicial
- Artículo 35Competencia de los jueces de familia en primera instancia en la adjudicación judicial de apoyos
- Artículo 36Adjudicación de apoyos sujeto a trámite de jurisdicción voluntaria
- Artículo 37Adjudicación de apoyos en la toma de decisiones promovido por la persona titular del acto jurídico
- Artículo 38Adjudicación de apoyos para la toma de decisiones promovida por persona distinta al titular del acto jurídico
- Artículo 39Validez de los actos establecidos en la sentencia de adjudicación de apoyos
- Artículo 40Participación del ministerio público
- Artículo 41Evaluación de desempeño de los apoyos adjudicados judicialmente
- Artículo 42Modificación y terminación de los procesos de adjudicación judicial de apoyos
- Artículo 43Unidad de actuaciones y expedientes
Capítulo VI. Personas de apoyo
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- Artículo 44Requisitos para ser persona de apoyo
- Artículo 45Inhabilidades para ser persona de apoyo
- Artículo 46Obligaciones de las personas de apoyo
- Artículo 47Acciones de las personas de apoyo
- Artículo 48Representación de la persona titular del acto
- Artículo 49Formas de apoyo que no implican representación
- Artículo 50Responsabilidad de las personas de apoyo
Capítulo VII. Actos jurídicos sujetos a registro
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Capítulo VIII. Régimen de transición
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Capítulo IX. Derogatorias, modificaciones y disposiciones finales
7
- Artículo 57modifíquese el artículo 1504 del Código Civil, que quedará así: “Artículo 1504. Incapacidad…
- Artículo 58Modifíquese el artículo 784 del Código Civil, que quedará así: “Artículo 784. Incapaces…
- Artículo 59modifíquese el ordinal 2 contenido en el artículo 62 del Código Civil, que quedará así: “2…
- Artículo 60Modifíquese el artículo 2346 del Código Civil, que quedará así: “Artículo 2346…
- Artículo 61Derogatorias
- Artículo 62El Gobierno nacional, en un plazo máximo de cuatro (4) meses contados a partir de la vigencia…
- Artículo 63Vigencia
Qué regula la Ley 1996 de 2019
La ley reconoce que las personas con discapacidad mayores de edad tienen capacidad legal plena. En lugar de la interdicción, crea mecanismos de apoyo para que puedan celebrar actos jurídicos, como los acuerdos de apoyo, las directivas anticipadas y la adjudicación judicial de apoyos.
La presunción de capacidad está en el artículo 6 y los ajustes razonables en el artículo 8. Los acuerdos de apoyo se regulan en el artículo 15 y su celebración ante notario en el artículo 16. La adjudicación judicial de apoyos está en el artículo 32. El artículo 53 prohíbe la interdicción y el artículo 56 regula la revisión de las interdicciones anteriores.
Cómo está organizada la Ley 1996 de 2019
La ley tiene nueve capítulos: disposiciones generales, mecanismos para el ejercicio de la capacidad legal, acuerdos de apoyo, directivas anticipadas, adjudicación judicial de apoyos, personas de apoyo, actos jurídicos sujetos a registro, régimen de transición y disposiciones finales.
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El trámite judicial de la adjudicación de apoyos se complementa con el Código General del Proceso.
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