Artículo 63 de la Ley 1996 de 2019
Vigencia
Texto vigente del artículo 63 de la Ley 1996 de 2019, con sus modificaciones.
- Capítulo IX. Derogatorias, modificaciones y disposiciones finales
ARTÍCULO 63. VIGENCIA. La presente ley rige a partir de su promulgación.
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