Ley 1996 de 2019

Artículo 25 de la Ley 1996 de 2019

Personas de apoyo en directivas anticipadas

Texto vigente del artículo 25 de la Ley 1996 de 2019, con sus modificaciones.

  1. Capítulo IV. Directivas anticipadas

ARTÍCULO 25. PERSONAS DE APOYO EN DIRECTIVAS ANTICIPADAS. Aquellas personas distintas a la persona titular del acto que adquieran obligaciones de hacer en cumplimiento de la voluntad y preferencias expresadas por medio de una directiva anticipada, y que suscriban la misma, se entenderán como personas de apoyo y estarán sujetas a las reglas de responsabilidad establecidas para estos efectos en la presente ley.

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