Artículo 39 de la Ley 115 de 1994
Educación no formal* como subsidio familiar
Texto vigente del artículo 39 de la Ley 115 de 1994, con sus modificaciones.
- Título II. Estructura del servicio educativo
- Capítulo II. Educación no formal*
ARTÍCULO 39. EDUCACIÓN NO FORMAL* COMO SUBSIDIO FAMILIAR. Los estudios que se realicen en las instituciones de educación no formal* que según la reglamentación del Gobierno Nacional lo ameriten, serán reconocidos para efectos de pago del subsidio familiar, conforme a las normas vigentes.
Los apartes tachados no están vigentes porque fueron derogados o declarados inexequibles. Los apartes subrayados han sido objeto de pronunciamientos de la Corte Constitucional.
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