Ley 1620 de 2013: convivencia escolar
La Ley 1620 de 2013 crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Aquí tienes su texto vigente, artículo por artículo.
- Ley 1620 de 2013
- 40 artículos
- Vigente
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Capítulo I. Disposiciones generales
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Capítulo II. Sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar
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- Artículo 3Creación
- Artículo 4Objetivos del sistema
- Artículo 5Principios del sistema
- Artículo 6Estructura del sistema
- Artículo 7Conformación del comité nacional de convivencia escolar
- Artículo 8Funciones del comité nacional de convivencia escolar
- Artículo 9De los comités municipales, distritales y departamentales de convivencia escolar
- Artículo 10Funciones de los comités municipales, distritales o departamentales de convivencia escolar
- Artículo 11sin texto vigente
- Artículo 12Conformación del comité escolar de convivencia
- Artículo 13Funciones del comité escolar de convivencia
Capítulo III. El sector educativo en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar
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- Artículo 14El sector educativo en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar
- Artículo 15Responsabilidades del ministerio de educación nacional en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar
- Artículo 16Responsabilidades de las secretarías de educación de las entidades territoriales certificadas en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar
- Artículo 17Responsabilidades de los establecimientos educativos en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar
- Artículo 18Responsabilidades del director o rector del establecimiento educativo en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y de la violencia escolar
- Artículo 19Responsabilidades de los docentes en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar
- Artículo 20Proyectos pedagógicos
- Artículo 21Manual de convivencia
- Artículo 22Participación de la familia
Capítulo IV. De la participación de varias entidades que hacen parte sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar
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Capítulo V. Herramientas del sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar
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- Artículo 28Sistema de información unificado de convivencia escolar
- Artículo 29Ruta de atención integral para la convivencia escolar
- Artículo 30Componentes de la ruta de atención integral para la convivencia escolar
- Artículo 31De los protocolos de la ruta de atención integral para la convivencia escolar
- Artículo 32El Gobierno Nacional definirá los lineamientos normativos, operativos y financieros para que…
- Artículo 33Atención en salud mental
- Artículo 34Divulgación y difusión
Capítulo VI. Infracciones administrativas, sanciones e incentivos
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- Artículo 35Sanciones
- Artículo 36Sanciones a las instituciones educativas privadas
- Artículo 37De las infracciones administrativas de las instituciones educativas privadas
- Artículo 38De las faltas disciplinarias de los docentes y directivos docentes oficiales
- Artículo 39Incentivos a los establecimientos educativos
- Artículo 40Término de reglamentación y vigencia
Qué regula la Ley 1620 de 2013
La ley organiza el sistema en comités nacional, territoriales y escolares de convivencia, y fija las responsabilidades del Ministerio de Educación, las secretarías de educación, los establecimientos educativos, los rectores y los docentes. También regula el manual de convivencia, la ruta de atención integral para la convivencia escolar y las sanciones e incentivos para los establecimientos educativos.
El objeto de la ley está en el artículo 1 y las definiciones que usa en el artículo 2. La conformación del comité escolar de convivencia está en el artículo 12 y sus funciones en el artículo 13. Las responsabilidades de los establecimientos educativos están en el artículo 17 y las de los docentes en el artículo 19. El manual de convivencia se regula en el artículo 21, la ruta de atención integral en el artículo 29 y las sanciones en el artículo 35.
Cómo está organizada la Ley 1620 de 2013
La ley tiene seis capítulos: disposiciones generales, el sistema nacional de convivencia escolar, el sector educativo dentro del sistema, la participación de otras entidades, las herramientas del sistema, y las infracciones administrativas, sanciones e incentivos.
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La organización del servicio educativo está en la Ley 115 de 1994, y los derechos de los niños, niñas y adolescentes en el Código de la Infancia y la Adolescencia.
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