Artículo 154 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social
Requisitos de la declaración de terceros
Texto vigente del artículo 154 del nuevo Código Procesal del Trabajo, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro segundo. Actos procesales
- Título único. Actuación
- Capítulo V. Declaración de terceros
ARTÍCULO 154. REQUISITOS DE LA DECLARACIÓN DE TERCEROS. Las preguntas se formularán oralmente en la audiencia. Sin embargo, excepcionalmente y cuando los medios tecnológicos no lo permitan si la prueba se practica por comisionado las partes podrán entregar cuestionario escrito antes del inicio de la audiencia.
Cada pregunta versará sobre un hecho y deberá ser clara y concisa. Si no reúne los anteriores requisitos el juez la formulará de la manera indicada.
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