Artículo 1869 del Código de Comercio
Texto vigente del artículo 1869 del Código de Comercio colombiano, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Parte segunda. De la aeronáutica
- Capítulo X. Explotador de aeronaves
ARTÍCULO 1869. Los artículos anteriores se aplicarán igualmente a los explotadores de servicios aéreos especiales.
Consejo: usa las flechas ← y → del teclado para cambiar de artículo y la tecla / para buscar.