Artículo 80 de la Ley 2381 de 2024
Educación financiera en protección social
Texto del artículo 80 de la Ley 2381 de 2024. Según la Sentencia C-264 de 2026 de la Corte Constitucional, esta ley empieza a regir el 1 de abril de 2027, salvo los apartes que la Corte devolvió al Congreso para corregir su trámite.
- Capítulo XVII. Disposiciones finales
ARTÍCULO 80. EDUCACIÓN FINANCIERA EN PROTECCIÓN SOCIAL. El Ministerio del Trabajo, en coordinación el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), o la entidad que haga sus veces, así como las demás entidades e instituciones del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, las asociaciones gremiales, las asociaciones de usuarios y las instituciones públicas que realizan la intervención, supervisión y control procurarán una adecuada educación de los afiliados respecto de las características y funcionamiento de los pilares del Sistema y en particular, de los derechos que les corresponden y los mecanismos para su ejercicio y defensa.
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