Artículo 768 del Estatuto Tributario
Reconocimiento de firma de documentos privados
Texto vigente del artículo 768 del Estatuto Tributario, con sus modificaciones.
- Libro quinto. Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales
- Título VI. Régimen probatorio
- Capítulo II. Medios de prueba
ARTICULO 768. RECONOCIMIENTO DE FIRMA DE DOCUMENTOS PRIVADOS. El reconocimiento de la firma de los documentos privados puede hacerse ante las oficinas de impuestos.
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