Artículo 281 del Estatuto Tributario
Efectos del reajuste fiscal
Texto vigente del artículo 281 del Estatuto Tributario, con sus modificaciones, actualizado al 15 de septiembre de 2026.
- Libro primero. Impuesto sobre la renta y complementarios
- Título II. Patrimonio
- Capítulo I. Patrimonio bruto
ARTICULO 281. EFECTOS DEL REAJUSTE FISCAL. El reajuste fiscal sobre los activos patrimoniales produce efecto para la determinación de:
La renta en la enajenación de activos fijos.
La ganancia ocasional obtenida en la enajenación de activos que hubieren hecho parte del activo fijo del contribuyente por un término de dos (2) años o más.
La renta presuntiva.
El patrimonio líquido.
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