Artículo 182 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social
Documentos que requieren solemnidad para la existencia o validez de un acto o contrato
Texto vigente del artículo 182 del nuevo Código Procesal del Trabajo, con sus modificaciones.
- Libro segundo. Actos procesales
- Título único. Actuación
- Capítulo IX. Documentos
ARTÍCULO 182. DOCUMENTOS QUE REQUIEREN SOLEMNIDAD PARA LA EXISTENCIA O VALIDEZ DE UN ACTO O CONTRATO. La falta del documento que la ley exija como solemnidad para la existencia o validez de un acto o contrato, no podrá suplirse por otra prueba, salvo que se haya producido su destrucción, ocultamiento, pérdida o desaparición debidamente probada, caso en el cual podrá acreditarse con otros medios de prueba, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 de este código.
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